El Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tampoco le dan la razón a Garzón

El Supremo da un nuevo mazazo al exjuez Garzón: La ONU carece de potestad para alterar sus sentencias

El Tribunal recuerda que la ley solo contempla la revisión de sentencias condenatorias si lo indica el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Supremo da un nuevo mazazo al exjuez Garzón: La ONU carece de potestad para alterar sus sentencias
Baltasar Garzón PD

A Baltasar Garzón se le ha aguado rápidamente la fiesta.

El exjuez amenazó con regresar a la carrera judicial tras la sentencia del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Sin embargo, el Tribunal Supremo da un nuevo mazazo a Garzón que acaba con sus sueños.

El Supremo deja claro que no considera vinculantes o ejecutivos los dictámenes emitidos por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

En este sentido, ‘pasa’ del amparó al exjuez al considerar que no tuvo un juicio imparcial cuando fue procesado y condenado a 11 años de inhabilitación por prevaricación en febrero de 2012 por ordenar la intervención de los teléfonos de los abogados de los principales acusados en el ‘caso Gürtel’.

«Voy a pedir mi reingreso en la carrera judicial», dijo Garzón en una entrevista concedida este 26 de agosto a ‘El País’, pero sus esperanzas se esfumaron tan solo 24 horas después.

La opinión de la ONU

Este organismo de la ONU ha concluido que las decisiones del exmagistrado en el ‘caso Franquismo’ (que investigaba desapariciones forzadas durante la Guerra Civil y la dictadura de Francisco Franco) constituían una «interpretación jurídica plausible» en las que no se desprende «una mala conducta o incompetencia que pudiera justificar su incapacidad para el desempeño de sus funciones».

Con respecto al ‘caso Gürtel’, ha asegurado que la interpretación de Garzón («aún en el supuesto de haber sido errónea») «no constituyó una conducta o incompetencia grave que pudiera justificar su condena penal», que le llevó a perder definitivamente su cargo como titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional.

Así, el Comité ha subrayado que la condena del Supremo en el ‘caso Gürtel’ fue «arbitraria e imprevisible al no estar basada en provisiones suficientemente explícitas, claras y precisas que definan con exactitud la conducta prohibida» por la ley. Además, ha reprochado el hecho de que el exjuez no tuviera acceso a una segunda instancia a la que apelar al haber sido juzgado por la máxima instancia judicial española.

El Comité ha indicado que, aún en el supuesto de que Garzón hubiera incurrido en un error judicial, este debiera haberse corregido mediante la revisión por un tribunal superior y no mediante su procesamiento penal.

En el marco de su estrategia de defensa, el exmagistrado recurrió también ante el Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Ambos inadmitieron de plano sus recursos contra la condena por prevaricación que le impuso el Tribunal Supremo, por lo que sigue en un callejón sin salida.

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