Luis Eduardo Ramírez Icardi demoró medio año con su recurso la consolidación del fallo de la Audiencia Provincial

El TSJ de Valencia confirma la condena de 5 años de cárcel al exmarido de Mónica Oltra por abusar sexualmente de una niña

El condenado, según queda probado en la sentencia, cogía la mano de la joven para "masturbarse" con ella

El TSJ de Valencia confirma la condena de 5 años de cárcel al exmarido de Mónica Oltra por abusar sexualmente de una niña
Mónica Oltra y su exmarido.

No abrirá el telediario de TVE o los informativos de laSexta o la Cadena SER. Tampoco será noticia de portada en el diario El País, pero el tema clama al cielo.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado la condena de cinco años de prisión impuesta por la Audiencia de Valencia al educador Luis Eduardo Ramírez Icardi, exmarido de la vicepresidenta de la Generalitat y consejera de Igualdad, Mónica Oltra, por abusar sexualmente de una menor tutelada por el Gobierno regional en el Centro de Acogida Niño Jesús de Valencia.

El condenado ya tuvo que indemnizar a la joven con 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil, amén de quedar inhabilitado para ejercer cualquier profesión que conlleve contacto con menores durante una década, la mitad en régimen de libertad vigilada, con la obligación de participar en cursos formativos de educación sexual.

LOS HECHOS Y EL DELITO

Los hechos que se consideran probados en la sentencia se produjeron entre finales de 2016 y principios de 2017, cuando el educador se ocupaba del turno de noche en este centro de menores de la capital del Turia.

Luis Eduardo Ramírez Icardi acudía a la habitación individual en la que la niña, que entonces tenía 15 años, dormía cuando estaba castigada por mal comportamiento, donde le realizaba masajes consentidos en el cuello y la espalda para que se relajara.

Pero una vez que creía que la menor estaba dormida -fingía dormir por vergüenza-, cogía su mano y se masturbaba con ella.

Una situación que se repitió varias veces, según el relato de la niña, que no quiso denunciar al pensar que nadie iba a creerla porque se trataba de alguien relacionado con un alto cargo del Gobierno valenciano, aunque desde el entorno de la dirigente de Compromís se reiteró que ella y el acusado ya no mantenían ninguna relación sentimental en ese momento.

En cuanto a la declaración de la menor, que se prestó en el primer juicio, dice el fallo que «debemos descartar móviles espurios o de resentimiento en víctima hacia el acusado, así como cualquier tipo de alteración personal o psicológica en la misma que arroje alguna duda sobre su credibilidad al tiempo de su exploración en fase de instrucción o en su declaración ante este Tribunal».

Es más, añaden que, «el propio acusado manifiesta que la relación con la menor era buena, no ofreciendo dato alguno que permita sostener algún ánimo de resentimiento o venganza hacia el mismo capaz de enturbiar la credibilidad» de la joven.

Los magistrados añaden que, en cuanto al hecho de que la menor no reaccionara a los abusos, la explicación que da la propia perjudicada de que se quedaba como en shock y que pensaba que nadie la iba a creer «se nos antoja como plausible teniendo en cuenta, por un lado, las propias circunstancias de la menor y, por otro, la ascendencia que el acusado podía desplegar sobre la niña», en referencia a que en aquella época Mónica Oltra era su mujer.

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Autor

Juan Velarde

Delegado de la filial de Periodista Digital en el Archipiélago, Canarias8. Actualmente es redactor en Madrid en Periodista Digital.

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