La Justicia tumba las cautelarísimas contra el decreto 29/2022, de 18 de mayo

El duro sablazo judicial que Ayuso le mete a Sánchez y CCOO en el TSJM

La presidenta de la Comunidad de Madrid vence en su primera batalla para acabar con la “perniciosa” ‘Ley Celáa’

Isabel Díaz Ayuso
Isabel Díaz Ayuso PD

Isabel Díaz Ayuso golpea primero en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

La presidenta de la Comunidad de Madrid, que está luchando en los juzgados en contra la Lomloe (ley educativa del Gobierno de Pedro Sánchez más conocida como la ‘Ley Celaá’), logró su primera victoria que pone contra la pared al PSOE-Podemos y hasta al sindicato CCOO.

El tribunal decidió levantar las cautelarísimas que paralizaban la entrada en vigor del decreto 29/2022, de 18 de mayo, del Consejo de Gobierno, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Me medida que trata de frenar los “efectos perniciosos” de la Lomloe en determinados aspectos sobre la evaluación, promoción y titulación en la ESO, Bachillerato y FP.

Así, en el caso de la ESO, la Comunidad de Madrid decidió establecer, por decreto, que haya una mayoría de 2/3 del equipo evaluador para que el alumno pase de curso y para que consiga el título de Educación Secundaria. En el del Bachillerato, para decidir la titulación en la convocatoria extraordinaria con una materia suspensa, la mayoría cualificada debía de ser de 4/5.

Según explica ‘La Razón’, la Comunidad de Madrid decidió regular sobre este particular porque la Lomloe no establecía un criterio claro por el que se pudieran regir los docentes y dejaba todo el peso de la decisión en el profesorado del alumno, lo que podía provocar situaciones extrañas, como que un alumno pasase de curso con varias asignaturas suspensas en un centro y en otro no, si así lo decidía el equipo docente o incluso en el mismo colegio e instituto.

La ley educativa estatal regula que la repetición debe ser una medida excepcional. Sin embargo el TSJM avala que, en Madrid, un estudiante de la ESO repetirá curso cuando tenga tres materias o más suspensas, aunque de manera excepcional podrá promocionar con tres siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas. Es decir, se mantendrá el mismo criterio que hasta ahora.

En cuanto a Bachillerato, los alumnos pasarán de primer curso cuando superen todas las materias o tengan dos suspensos como máximo, tal y como se producía hasta ahora. Sin embargo, tras la aprobación de la Lomloe, se abría la posibilidad de que un estudiante pueda aprobar segundo curso y obtener el título de Bachillerato con una suspensa, y, por lo tanto, acceder en estas circunstancias a las enseñanzas universitarias.

En el caso del Bachillerato, el Gobierno de Díaz Ayuso ha sido muy crítico con la novedad introducida por el Ministerio de Pilar Alegría de titular con un suspenso en la convocatoria extraordinaria. Una cuestión que considera «especialmente grave y que ninguna otra ley orgánica se había atrevido a considerar, un menosprecio a unas enseñanzas que preparan para estudios superiores».

Derrotar a CCOO

CCOO interpuso un contencioso administrativo frente al decreto al entender que invadía competencias estatales y solicitó cautelarísimas para que se suspendiera esta parte que consideraba “ilegal” que llegaba en un momento clave, cuando hay que evaluar a los alumnos con la llegada del fin de curso.

El 25 de mayo, el TSJM decidió suspender la entrada en vigor de los preceptos impugnados, pero la resolución conocida hoy mantiene vigentes los criterios establecidos por la Comunidad de Madrid, que introducen mayor exigencia a la hora de decidir sobre la promoción y titulación que otras comunidades autónomas al requerir más que la mayoría de votos favorables de los profesores de un alumno para que pase de curso o titule.

En definitiva, el TSJM levanta la suspensión cautelar “para no producir distorsión de los procesos de evaluación realizados por los equipos docentes hasta ahora sin dar lugar a perjuicios para el interés general y terceros que supondría (como quiere CCOO) cambiar ahora las reglas”.

Otro de los argumentos que esgrime para levantar las cautelarísimas es que “se estaría dando lugar a una desigualdad en el tratamiento de quienes han sido evaluados en la convocatoria ordinaria y quienes deberán serlo en el proceso extraordinario que tendrá lugar este mes de junio”.

El Tribunal incluso acusa de “faltar a la buena fe procesal” al sindicato CCOO y le condena a pagar las costas por “omisión de información en la solicitud de tutela cautelarísima”.

Ayuso, con la primera victoria en la mano, avanza en su meta de llevar el caso hasta el Tribunal Constitucional para acabar con una de las ‘leyes estrellas’ del Sanchismo.

Festejos en Madrid

Enrique Ossorio, el consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid celebró la decisión del TSJM en sus redes sociales: “Mientras que el Gobierno de la Comunidad de Madrid vela por los intereses de alumnos, docentes y familias, los sindicatos de la izquierda sólo buscan su rédito político. El TSJM condena en costas a CCOO por ‘mala fe procesal’”.

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Autor

José Antonio Puglisi

Periodista italovenezolano especializado en economía y periodismo de investigación.

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