Como dice el chascarrillo que corre como la pólvora por redes sociales, acompañando la foto de arriba, ‘por motivos obvios, ocultamos la identidad de la ‘fuente’ de los periodistas sanchistas que acudieron al Tribunal Supremo a repetir que no había sido Álvaro García Ortiz».
El juicio al fiscal general del Estado, que en la práctica es sólo fiscal general del marido de Begoña, ha quedado visto para sentencia para Álvaro García Ortiz.
También para el Gobierno Frankenstein y para el presumido Pedro Sánchez, quien el pasado domingo aseguraba en la portada de El País que es inocente y probablemente tendrá que tragarse un veredicto de culpable.
El presidente del tribunal, Andrés Martínez Arrieta, pronuncia el temido “visto para sentencia”, y la sala se vacía.
Sin embargo, la controversia en torno a García Ortiz acaba de entrar en su segundo acto.
Tras seis intensas sesiones que han contado con más de cuarenta testigos y un desfile de abogados y periodistas, el juicio sobre la supuesta filtración de un correo que admitía delitos fiscales y que involucra al novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, mantiene a España a la espera de una decisión histórica.
El eje central del caso radica en la célebre nota de prensa emitida por la Fiscalía en marzo de 2024.
Según las acusaciones, este documento no solo reconoce el delito por parte del investigado, sino que lo hace “sellar institucionalmente”. En otras palabras, para los letrados que acusan, dicho comunicado se convierte en una “conducta delictiva” porque la confesión se hace pública antes incluso de que haya un procedimiento penal formal.

El debate sobre este comunicado es todo un compendio de derecho procesal con toques de teatro político. La defensa sostiene que la frenética actividad de García Ortiz aquella noche tenía como único objetivo “elaborar una nota de prensa que explicara lo sucedido realmente y hacerlo lo antes posible”, buscando frenar el relato mediático adverso hacia la Fiscalía. No obstante, las acusaciones opinan que este comunicado fue mucho más que una simple explicación: “No solo se comunica a los medios la existencia de un procedimiento penal; se afirma que es un delincuente confeso. Se emite una sentencia pública antes incluso de iniciar cualquier procedimiento penal”, argumentan los abogados de González Amador.
Lejos de ser un mero instrumento informativo, el comunicado asume la forma de cuerpo del delito durante la instrucción. Para algunos, institucionalizar la confesión del investigado equivale a dictar sentencia desde el gabinete de prensa. Para otros, simplemente representa una reacción ante la avalancha informativa que golpeaba a la Fiscalía.
García Ortiz y la “versión desesperada”: el arte de culpar a Madrid
En un giro digno de cualquier guionista especializado en dramas judiciales, la defensa del fiscal general intenta una arriesgada maniobra: culpar a la Fiscalía de Madrid por las filtraciones y los errores procesales. “Probablemente ese fue el error del acusado”, reconocen entre susurros mientras critican la postura adoptada por Almudena Lastra, fiscal superior de Madrid, quien abogaba por actuar con calma. Sin embargo, García Ortiz optó por rapidez y contundencia; una decisión que sus críticos sostienen convirtió el caso en una “sentencia popular” ejecutada por los medios y los políticos.
Las acusaciones particulares y populares —entre las cuales se encuentran el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, Manos Limpias, Foro Libertad y Alternativa, Hazte Oír y Vox— han desgranado los indicios existentes, rechazando las alternativas presentadas por la defensa al considerarlas “inverosímiles”. Resulta “sorprendente” para ellas que los periodistas hayan tenido acceso a esta información antes que al fiscal general sin que hubiera publicación alguna o se sugiera que “incluso la señora encargada de limpiar” pudiera haber accedido al material.
El borrado de móviles: una prueba clave con aroma digital
Sin duda alguna, lo que ha encendido los ánimos durante la última jornada del juicio ha sido el borrado selectivo realizado en los móviles de García Ortiz. Justo cuando el Supremo decide juzgarlo, este borra sus dispositivos. Las acusaciones consideran este hecho como una “prueba clave” y lo califican como un “indicio cualificado” para condenarle. Un letrado perteneciente a la APIF señala que esta eliminación debe entenderse como prueba relevante; mientras tanto, el abogado del Ilustre Colegio destaca que “una cosa es que ocultarse no sea punible y otra muy distinta es pensar que borrar no deja huella procesal”.
Este detalle no es baladí: en tiempos donde reina la transparencia digital, borrar rastro justo cuando comienza una causa judicial puede interpretarse como intento encubridora. Y en este juicio cada gesto tiene consecuencias políticas y judiciales.
