Un revolcón judicial en toda regla.
El magistrado Héctor Jesús Risueño, de la Sección Civil del Juzgado de Instancia número 86 de Madrid, dio la razón al periodista Ángel Expósito, director de ‘La Linterna‘ (COPE) y a su derecho a la libertad de expresión como el hecho de utilizar la expresión «putero» para referirse a José Luis Ábalos.
En una sentencia firme en primera instancia, absolvió al comunicador de todas las pretensiones del exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE y le impone el pago de las costas procesales.
La demanda se originó en marzo de 2024, cuando estallaron las primeras informaciones del ‘caso Koldo‘.
Ábalos acusó a Expósito de vulnerar su derecho al honor en varios editoriales en vídeo de COPE, intervenciones en ‘La Mirada Crítica‘ de Telecinco, publicaciones en redes y una columna en ‘ABC‘ titulada ‘La red de basura es imparable’.
Entre las expresiones que más molestaron al exministro figuraban alusiones al «puterío», las «amiguitas», los «karaokes», las «fiestas» y las «juergas».
Destacó especialmente una intervención con motivo del 8 de marzo de 2024 en la que Expósito afirmó que había que llamarles «puteros asquerosos, de siempre» a quienes, según él, usaban, contrataban y abusaban de prostitutas, criticando además la supuesta pasividad de las feministas del PSOE.
El magistrado consideró que las expresiones son «incisivas y ácidas» y podían resultar «muy molestas» para Ábalos, pero no perseguían una finalidad autónoma de insultar o vejar.

Según la sentencia, se enmarcan en una crítica política y periodística sobre un asunto de indudable interés general: un escándalo de corrupción que afecta a un exministro y exsecretario de Organización del PSOE.
El juez destacó en su fallo la singular relevancia pública de Ábalos, lo que reducía su umbral de tolerancia ante críticas incisivas. También resaltó la existencia de base fáctica suficiente como las informaciones periodísticas publicadas en varios medios y las propias investigaciones judiciales en curso.
Señaló que las declaraciones se produjeron en un contexto de libertad de expresión e información constitucionalmente protegido.
Tanto la defensa de Expósito como el Ministerio Fiscal defendieron que no se trataba de insultos gratuitos, sino de opiniones y juicios de valor vinculados a hechos de actualidad y relevancia social.
Esta absolución llega en un momento especialmente delicado para el exministro, que se encuentra en prisión preventiva y a la espera de la sentencia del ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo, donde la Fiscalía pide para él 24 años de cárcel.

