José Cavero – Cal y arena para Euskadi


MADRID, 12 (OTR/PRESS)

Con pocas horas de distancia, el Gobierno de Euskadi ha recibido dos noticias bien distintas sobre su propia razón de ser y de actuar, como representativo de los ciudadanos y del territorio de Euskadi.

De una parte, la Unión Europea reconocía la capacidad fiscal diferenciada de Euskadi, después de más de cuarenta procesos ante el tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para lograr esta primera victoria fiscal en la UE.

El tribunal europeo dictaminó que Euskadi cuenta con suficiente capacidad normativa para establecer para sus empresas un impuesto de sociedades diferente, y más ventajoso, que el vigente en el resto de España. De este modo, el sistema fiscal vasco, regulado en el Concierto Económico, encuentra así un perfecto encaje en Europa. Eso sí, se establece una salvedad por el tribunal comunitario: que el propio tribunal determinará si se cumplen las condiciones para garantizar esa autonomía fiscal en una entidad infraestatal: un estatus constitucionalmente aceptado, que el Gobierno central no influya en su elaboración, y que el gobierno regional asuma las pérdidas derivadas de sus deducciones de impuestos sin compensaciones del Estado.

La Justicia europea insta al mismo tiempo a examinar el Cupo vasco, pidiendo a los jueces españoles que verifiquen si está bien calculado. La sentencia dice, en efecto, que Euskadi no puede bajar las impuestos si el Estado le concede subvenciones, aunque éstas sean por la vía del Cupo. O si el Cupo se utiliza para compensar las rebajas autonómicas. Esta era la de arena. Pero ya estaba en el ambiente que iba a darse a conocer la muy esperada sentencia del tribunal Constitucional sobre la consulta convocada por el lehendakari Ibarretxe sobre el derecho de los vascos a decidir su futuro y sobre las relaciones de la Comunidad con el Estado, Definitivamente, y tal como se esperaba, el Tribunal en pleno declaró inconstitucional la Ley de Consulta aprobada por el parlamento vasco.

El Tribunal entiende que esa consulta promovida por el jefe del gobierno vasco sería constitucionalmente un referéndum, cuya convocatoria es exclusiva del Estado y que la convocatoria vasca se lleva a cabo sin apoyo de competencias. Según entiende el TC, y es la última palabra en esta materia, el contenido de esa consulta sería la apertura de uin procedimiento de reconsideración del orden constituido, que habría de concluir eventualmente en una nueva relación entre el Estado y la Comunidad autónoma del País Vasco.

Dice en otra de sus consideraciones del Tribunal Constitucional que el procedimiento que ha promovido Ibarretxe afectaría al conjunto de los ciudadanos españoles pues se abordaría al redefinición del orden constituido por la voluntad soberana de la Nación, cuyo cauce constitucionalmente no es otro que el de la revisión formal de la Constitución. En sus conclusiones el TC decide estimar el recurso de inconstitucionalidad y la nulidad de la ley del parlamento vasco de convocatoria de una consulta popular para recabar la opinión de los ciudadanos vascos sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política, según decía el texto de Ibarretxe.

Y por consiguiente, la decisión del TC anula definitivamente aquella ley de consulta que Ibarrretxe pretendía desarrollar el mes que viene para impulsar la vìa de la autodeterminación en la que insiste el lehendakari.

Ahora sería preciso pedir cuentas a Ibarretxe por el gasto causado por esta insensata iniciativa, cuyo final ya se conocía de antemano, y en la que se ha empezado con tozudez digna de mejor causa.

José Cavero.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído