OPINIÓN

Francisco Iglesias Carreño: «Papel (democrático y constitucional) de los ciudadanos»

Francisco Iglesias Carreño: "Papel (democrático y constitucional) de los ciudadanos"

La actualidad es la vivencia observable, cuasi palpable, que es entera y pretendidamente por sí y que, aunque instiguemos/indaguemos/auscultemos por otras y variadas versátiles vertientes, resulta que no es, ¡ni por asomo!, otra situación ubicada y/o posicionable que se le parezca o acaso asemeje, puede que tampoco, entendida y comprensiblemente, lo pretenda, dándonos una amplia información versada desde su impronta arquitectónica que, con ciertas pinceladas y sutiles toques, ilumina enmarcadamente el cuadro presencial, aunque sea solo y únicamente un esbozo y/o bosquejo, de lo que se asume, ¿acaso técnicamente?, como lo real, que ya no estribaría incidentalmente en lo probable y menos aún que pueda tener connotaciones con lo verídico.

En tal activo ambiente del hacer presencial diario, el ciudadano hace trascurrir el desarrollo de sus instantes y el proceloso caminar de sus interacciones (con)vivenciales sociales, conjeturando procesualmente a cada momento, cuasi de forma instantánea, todos y cada uno de los procesos que, en sus entornos alcanzables, tienen ambiental lugar y hasta cabida cercana.

Esa actividad de cada ciudadano, se impregna de todos aquellos resortes que le son estimables -.- tengan o no tengan empatía para él -.-, tanto por su utilitarismo como por su idoneidad y hasta salvaguardia, desde la bondad acomodaticia de los bienes de uso propio, para promover, para si mismo, las pertinente focalizaciones, dentro de una muy practicada mecánica de interiorizaciones, que le sitúa en el ras del nivel intersocial circundante.

Es en ese estadio social, el del nivel circundante, donde las potencialidades cívicas de cada individuo, en avanzando criterios, tendrían que ser, en tanto y cuanto ciudadano -.- y por ende, sujeto actor constitucional -.-, manifestadas y/o exteriorizadas, y en la medida que, de conformada expresión y/o forma legal y hasta de obligada compulsión jurídica, deben ser ejercientes inorgánicamente.

Estamos en la ilación concatenada que va del individuo por sí solo, en la ambientación con su interactivo alrededor, donde sus aportaciones se hacen vinculantes para el mismo, pero también donde, y al mismo tiempo, se instruyen arquetipos de procesos interdependientes con sus vecinos, dando cabida a conformaciones grupales que se van estabilizando con el paso del tiempo.

Tal doble interactiva consideración, que está como un observable físico desde la umbralidad de cada ciudadano, se puede hacer prevalente en la estimación evaluable, y hasta constatable, de su comportamiento cívico, más allá de las no vinculantes meras consultas encuestables de opinión, desde la regulación que, con apoyatura constitucional y en su vigencia, se tendría que establecer al margen de los acomodos compartimentados nacidos al socaire del arcano siglo XVIII.

Tenemos ahora (y ya desde la data de fecha del 6-12-1978), no solo y exclusivamente, aquello que ya venía de antes, en estimación de la democracia a la forma y manera de una organización de la sociedad española de aquel entonces, y en la atribución de la titularidad del poder, en aquellos momentos, en una forma iniciática, a toda la ciudadanía española, todo ello lo tenemos que exponer junto a los avances comunicativos que, de forma más que exponencial, nos van conquistando imperativamente en todos y cada uno de nuestros ambientes vivenciales.

Veníamos de un otrora con una concepción de la democracia, donde alambicadamente teníamos en aquellos momentos, ya del pasado Siglo XX, una visión/percepción/acompañamiento de la concreción del sistema democrático como una especie de visualización, en cierta forma, de lo que se asumía, en aquel entonces, de funcionamiento y/u organización del Estado Español por y a través, en modo completista, de las representaciones electas que asumen completamente la titularidad del poder. Tal posicionamiento que era, en el pasado, enteramente valido -.- y operativo en tales circunstancias -.-, ahora se nos aparece como un tanto renqueante, falto de adaptabilidad mediata y en gran medida ausente de dinamicidad.

Tenemos que el establecer una sociedad democrática avanzada es, en sí mismo, un mandato establecido en la Constitución Española -.- por ello diríamos que responde a la decisión de la libre Voluntad Soberana de la Nación Española -.-, a la data de fecha del día 6-12-1978 y que, por ende, abre una tal vez necesaria trayectoria a cumplimentar sobre el más que amplio texto constituyente.

Tal mandato, activo en el preámbulo constitucional, es incluyente a todos los efectos formales, desde la vigencia constituyente, y con ello actuante, desde el día 29-12-1978, sobre tod(o-a)s l(o-a)s sujetos actores constitucionales, a saber: (1°) los ciudadanos españoles. (2°) regionales Pueblos de España. (3°) las Regiones de España. (4°) todas las instituciones oficiales españolas. (5°) todas las provincias españolas. (6°) los municipios españoles. (7°) los órganos jurisdireccionales españoles. El preámbulo no dice, y a fecha del 6-12-1978, que ya estemos, en el citado expreso momento, en una democracia avanzada, pero si apunta a lo que debe hacerse, para disponer de algo que, en principio, se presume como más interactivo con todos los ciudadanos españoles.

En nuestros centros escolares, los alumnos y alumnas eligen democráticamente a sus representantes para un determinado mandato temporal, pero estos mismos representantes hacen consultas democráticas, en sus respectivos cursos, a lo largo de todo su propio mandato en infinidad de ocasiones, es más en sus grupos internos de WahsAppt establecen procedimientos informativos/instructivos/colaborativos/decisorios que son coadyuvantes para la marcha optima de sus respectivos cursos y en sus correspondientes centros educativos. En tales nuestros centros educativos se ha ido incorporando, de forma paulatina, pero en acción continuada, todos los efectos, tanto tecnológicos como conceptuales, de la participación interaccionada. Claro que también sigue existiendo el individuo y su libre decisión que respalda su individual emisión de voto, la universalidad del mismo e igualmente, en la cifra, la acción secreta inherente.

El Almirante que fue de La Mar Océana, Cristóbal Colón -.- apadrinado ante los Reyes Isabel I de León y su esposo Fernando (el ganador de la Batalla de los llanos de Peleagonzalo en 1476) en Salamanca por el leonés, de Toro, Fray Diego de Deza -.-, no es solo y únicamente que descubriera el continente americano, es que para ello utilizo la técnica más apropiada en tal momento: la carabela. La Pinta (construida en Palos de La Frontera), La Niña (construida en la Ribera de Moguer) y La Santa María (construida en Galicia) fueron el soporte adecuado para establecer el Nuevo Mundo.

Ahora tenemos que caminar conjuntamente hacia otro logro más. A tal establecimiento procesual se debe contribuir convergentemente desde todas las referencias de la sociedad española, para que la “sociedad democrática avanzada”, con sello hispánico, que debe ser alcanzable, actúe y opere, a todos los efectos y en todas las latitudes españolas, como la meta cívica común del Estado Español de la España Nación a nivel ya del Siglo XXI.

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