Estamos asistiendo presencialmente, y en primera fila de la interactiva proximidad, con una situación evidencial observable, que tan pronto nos atenaza y sobrecoge como te instala, de improvisado sopetón, en atribulados lamentos y anhelos frustrados, a lo que constituye por sí mismo, como el visualizado impactante que es y ,en gran medida, se mire y/o evalúe como sea, hasta dramático espectáculo, al más que preanunciado, cuasi larga y temporalmente profetizado, desmoronamiento integral -.- estimado en el completo ambiental y absoluto resquicio -.- de “La Raya”, que viene precedido con la antelación, cual los apocalípticos jinetes, del ya anuncio de su `galopante desplome poblacional´.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en Preámbulo lo siguiente: “…y promover el bien de cuantos la integran,..” y más cosas.
Resulta casi, en lo que atisbamos como una verdad que podríamos considerar dilatada y en alguna forma hasta completa que, cuando locucionalmente nos referimos a “La Raya”, acontece y ya no sorpresivamente, que son pocos los individuos, tal vez muy pocos, que fuera de tal situación/espacio/entorno, están en condiciones de identificar, en una forma que podríamos identificar como idónea, adecuadamente su posición. Menos aún quienes están al hilo de las circunstancias que tal situación pudiera albergar y, claro está, en el desconocimiento interno de su intríngulis. Ello no ocurre, en modo que estimamos alguno, con aquellos conciudadanos nacidos y/o residentes en el espacio considerado.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en su Artículo 1 lo siguiente: “España se constituye en un Estado social…” y más cosas.
“La Raya” curiosamente, siempre ha estado, con muy ligeras variaciones en lo que sí que es, en el estricto amojonamiento de su trayectoria, en la misma posición ubicacional y lo ha hecho siglos tras siglos, a través de los Tratados/Acuerdos de: Ricobayo de Alba(1126); Zamora (6-10-1143), Badajoz (16-2-1267) y Alcañices (12-9-1297), pasando a los acuerdos, relativamente más recientes, como los de Lisboa (29-9-1864; 29-6-1926), pero también en el concepto de la proximidad social, y hasta estrecha relación humana, en lo que es una “amplia banda espacial integral” (territorial y antropológica), que pudiera estimarse en ambos lados de tal demarcación fronteriza, de una magnitud, en longitud, de 1214 km con una distancia, en anchura, de casi 100 km.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 2 lo siguiente: “… y la solidaridad entre todas ellas.” y más cosas.
“La Raya” tendría, y en principio, que definir, y no lo hace, lo que tendría que ser, y parece que no lo es, el `lugar fronterizo´ de separación entre (los) dos Estados, que han cuajado en la península Ibérica, respondiendo posteriormente a los nombres de Portugal y España y que son provenientes, en alguna o varias formas, de aquel concepto, un tanto prerromano, que asumíamos como Hispania y que, a veces y por varias y hasta diferentes consideraciones, podría traducirse como el ámbito al que, en incursiva forma invasiva, se acercaron las legiones romanas para dirimir su beligerancia con aquel otro imperio mediterráneo que fue Cartago.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 10 lo siguiente: “La dignidad de la persona…” y más cosas.
“La Raya” no estaba en la mentes romanas de aquellos balbuceos, que después se vieron como muy importantes y enormemente trascendentes, de la Edad Antigua y además, ¡y a mayores!, topó desde el inicio con el propio ser un tanto “sui generis”, por identificarlo de algún modo, significativamente pegado al terruño, de los aborígenes del lugar que eran muy, ¡pero que muy!, celosos de su propia identidad y que, en forma harto curiosa, dotados de una especial intuición imaginativa, con escasos medios, trajeron en jaque a las poderosas legiones romanas que se enseñoreaban por la parte central del continente europeo.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 14 lo siguiente: “… sin que pueda prevalecer discriminación alguna…” y más cosas.
De aquellas divisiones administrativas de los romanos bebieron, un tanto después, los invasores bárbaros y las hicieron casi míticas, o tal vez sin `el casi´, tras la invasión “árabe/bereber”, dando sentido a un espacio modular que ansiaban reconquistar y que, ya parece sumamente demostrado, fue enseñoreado por la Corona Asturiana y, en su consecución, después del 20-12-910 de Zamora, por García I ya con la Corona Leonesa. Está en su situación cimera devino en el «Regnum Imperium Legionensis», y su soberano Alfonso VII, reinterpretándose así mismo, otorga/reconoce/ asume a su primo carnal, Alfonso Enriques, en la Conferencia de Zamora (6-10-1143) el Reino de Portucale, otrora Condado, dando pie iniciático a “La Raya”.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 15 lo siguiente: “Todos tienen derecho,..” y más cosas.
Estamos ahora, ya en “La Raya”, con la provincia de Huelva (con extensión de 10.128 km2) a la que el `organismo estadístico europeo´ (EUROSTAT), calcula que en el año 2100 vivirán 432.028 personas en la provincia, 95.258 habitantes menos de las que residen (en la relación del año 2020) en la actualidad.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 17 lo siguiente: “…y a la seguridad,..” y más cosas.
Acontece que yendo hacia el norte (atravesando todas esas poblaciones que se tildan como «de León», y siguiendo tangenciales a “La Raya”, ya en la provincia de Badajoz (con extensión de 21.766 km2), lo que se nos indica, en tan pertinente informe europeo es lo siguiente: en el año 2100 vivirán en esa provincia del sur de la Región Española de Extremadura 424.590 personas, con una diferencia de 245.766 habitantes menos de las que residen en la actualidad, o sea, y traducido, que perderá más de la mitad de la población actual.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 20 lo siguiente: “… a participar en los asuntos públicos,…” y más cosas.
Manteniendo la singladura norteña, nos situamos, asidos igualmente a “La Raya”, en la provincia de Cáceres (con extensión de 19.868 km2), y aquí nos sitúa EUROSTAT, con los siguientes datos: En el año 2100 vivirán en esa provincia 214.658 personas, con una diferencia de 176.062 habitantes menos de los que residen en la actualidad, o sea, e igualmente traducido, que casi perderá la mitad de su población.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 24 lo siguiente: “… e intereses legítimos…” y más cosas.
Estos datos sobre la Región Española de Extremadura (con extensión de 41.635 km2), suponen, en proyección, unas pérdidas poblacionales estimadas, a nivel del citado organismo europeo, en 421.828 ciudadanos regionales extremeños menos.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 30 lo siguiente: “…el derecho y el deber de defender…” y más cosas.
Una vez pasado la cordillera del Macizo Central, sea tras Coria por el puerto de Perales o por La Vallejera tras Plasencia, entramos en la provincia leonesa de Salamanca (con extensión de 12.349 km2). Los datos europeos, esgrimidos para toda la provincia de Salamanca, nos dicen lo siguiente: En el año 2100 vivirán en Salamanca 188.527 personas, con una diferencia de 142.555 habitantes menos de los que residen en la actualidad, o sea, y dándole una traducción más entendible, que perderá más de un tercio de la población actual.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 33 lo siguiente: “…y a la herencia.” y más cosas.
Ya salvada la Ribera de Cañedo y entrando por El Cubo de la Tierra del Vino, o desde Ledesma hacia Peñausende o Almedia nos personamos, siguiendo asidos a “La Raya”, en el centro de la Región Reino Leonés que es la provincia de Zamora (con extensión de 10.584 km2). Aquí los datos europeos (de EUROSTAT) dicen, en lo que traducimos, expresamente lo siguiente: En el año 2100, y sujétense bien, vivirán en la provincia 74.753 personas, con una diferencia de 96.824 habitantes menos de los que residen en la actualidad, o sea, y en traducción casi simultánea, que perderá más de la mitad de la población actual.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 40 lo siguiente: “…y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa…” y más cosas.
Estos datos sobre la Región Española del Reino Leonés (con extensión de 38.363 km2), suponen, en proyección, unas pérdidas poblacionales regionales leonesas estimadas de 465.071 habitantes {contando ya con datos sobre la provincia de la provincia de León (con extensión de 15.581 km2) de pérdidas de 225.692 habitantes}, a nivel del citado organismo europeo (EUROSTAT), en ciudadanos regionales leoneses menos.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 45 lo siguiente: “…y mejorar la calidad de la vida,..” y más cosas.
Tras los puertos del Padornelo y La Canda entramos en Ourense (con extensión de 7.273 km2), con “La Raya” haciendo el giro ya hacia el Océano Atlántico y la precisión de los datos del organismo europeo (EUROSTAT) nos indica que: En el año 2100, y sujétense bien, vivirán en la provincia 169.768 personas, con una diferencia de 136.717 habitantes menos de los que residen en la actualidad, o sea, y en estricta traducción, que perderá también casi la mitad de la población actual.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 46 lo siguiente: “…de los pueblos de España,..” y más cosas.
Ya ciñéndonos a la provincia de Pontevedra (con extensión de 4.495 km2), y siempre en la ubicación de estar en “La Raya”, nos acogemos a los datos europeos que sitúan una población, en el año 2100, de 607.774 habitantes, con una diferencia de 333.456 habitantes menos, lo que implica unas pérdidas poblacionales superiores a un tercio de la presente actual situación.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en el Artículo 53 lo siguiente: “…vinculan a todos los poderes públicos.” y más cosas.
Estos datos sobre la Región Española de Galicia (con extensión de 29.575 km2), suponen, en proyección, {contando ya con datos sobre las provincias de Lugo (con extensión de 9.856 km2) y pérdidas de 128.718 habitantes y la provincia de A Coruña (con extensión de 7.950 km2) y pérdidas de 340.531 habitantes}, unas pérdidas poblacionales regionales gallegas estimadas de 939.422 habitantes, a nivel del citado organismo europeo (EUROSTAT), en ciudadanos regionales gallegos menos.
El texto de la Constitución Española (de la data de fecha del día 6-12-1978), dice en Preámbulo lo siguiente: “…y promover el bien de cuantos la integran,..” y más cosas.
No indicamos datos de la parte de “La Raya” que está en el dominio portugués, pero entendemos, de forma obvia, que igualmente los habrán manejado las Comisiones Europeas en Bruselas (por ser parte de un informe de EUROSTAT).
{Aún recordamos, por estas tierras de “La Raya”, aquel mal momento, del año 1985, cuando alguien firmó el cierre de la “Línea Ferroviaria de La Vía de La Plata”. Resultaba obvio que solo nos traería, ¡a todos los rayanos!, no sólo `amplios y graves perjuicios´, sino también así como `males de todo tipo´.}
El cancionero regional leonés (del “todo SaZaLe´41”) es, además de abundante y atrayente también cimero y enriquecedor, ¡una verdadera joya antropológica mundial!, glosado por los etnógrafos, pero igualmente es ampliamente instructivo. Una de sus coplas dice: ”El tiempo y el desengaño/son dos amigos leales/ que despiertan al que duerme/y enseñan al que no sabe”.
Podemos sumar toda la población existente en las siete provincias españolas de “La Raya”, que al año 2020, nos da un referente de 3.338.736 habitantes, y que según el informe europeo (de EUROSTAT), se quedarán en 2100 en 2.112.098 aún residentes., o sea que bien, y hasta posiblemente en forma adecuada, efectuada la cuantificación poblacional, ello implica la pérdida en “La Raya” en la parte española -.- léase del Estado Española de la España Nación-.- de 1.226.638 habitantes y de ese amplio y numeroso bloque, ya para el año 2050, habrán desaparecido ya 449.015 habitantes.
Como se trata de un `informe europeo´ ( de EUROSTAT), da fiabilidad de que los “Órganos Colegiados” de la Unión Europea están al tanto de esta catástrofe poblacional que se avecina sobre toda “La Raya”, como lo estarán, de forma análoga, en los Palacios de La Moncloa y de La Zarzuela, e igualmente en los Palacios de Belén y São Bento. “La ibericidad” debe ser práctica, antes de que a “La Raya” se la lleve el viento.
En “La Raya” se espera, ¡en forma expectante!, que estos cuatro palacios, y por la cuenta que nos tiene a todos, actúen y
¡actúen ya!.
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