OPINIÓN

Francisco Iglesias Carreño: «El Día de San Bernabé»

Francisco Iglesias Carreño: "El Día de San Bernabé"

Acontece en nuestra singular opinión, a veces, que tenemos, por diversas razones y/o circunstancias, la interrogante sensación de que, por motivaciones que no alcanzamos en algunos casos a colegir, algunas partes o tramos de lo que llamamos hechos del pasado y/o retazos de los relatos del proceso histórico, no nos ha llegado al `común conviviente social´ de nuestros entornos y hábitats, en el transcurso de nuestro general periodo formativo, en la forma general, amplia y extendida de otros aconteceres y por los precisos conductos profesionales instructivos.

Hablar del «Día de San Bernabé», así sin más horlamiento aclaratorio, nos lleva directamente, desde nuestra consideración, a la celebración de tal y tan concreto hombre Santo, de la religión cristiana, que formó parte de los “setenta y dos discípulos” y/ o de los “setenta apóstoles” (en el credo oriental) de Nº.Sº..

Cuestión diferente es indicar, además de la festividad en sí, una ubicación geográfica donde se lleva a efecto tal celebración y a mayores, en el añadido subsiguiente, ambientarlo con una explicación aclaratoria uncida a una concreta data.

Digamos, y para precisar situacional y espacialmente, que estamos en la festividad de San Bernabé que tiene lugar todos los días 11 del mes de junio, añadamos que localizamos tal acto festivo en la ribera del río Ebro, en la población de Logroño y lo enlazamos con la data de fecha del día 11-6-1521.

Logroño es una urbe, en el año 1521, que está incluida, en aquel entonces, como una población más del Reino de Castilla -.- cuyos límites occidentales llegan hasta el río Pisuerga -.- , a una distancia de 43 km de San Millán de La Cogolla (donde se sitúan las Glosas Emilianenses y están custodiados, en monasterio de Yuso, los restos de San Millán -.- Patrono de Castilla -.-); 143 km de Hortigüela (donde se sitúa el Monasterio de San Pedro de Arlanza-.- primer lugar del enterramiento de Fernán González-.- fundador de la Castilla histórica -.-) ,156 km de Covarrubias (segundo lugar del enterramiento de Fernán Gonzalez -.-) y 156 km de Valpuesta (lugar de los Cartularios de Valpuesta).

A veces, y para situarse en el contexto de la época, conviene reverdecer, tomando referenciales textos, un tanto próximos, sus situaciones territoriales coetáneas: ” …la descripción general del reino [medieval de Castilla], resultará mejor ahora la inclusión en él de los celebrados Campos Góticos medievales [del Reino Leonés], y la diferencia de estos respecto a Castilla. Porque si ésta y aquél eran divididos por el Pisuerga, de necesidad ha de ser ese propio río el divisor entre Castilla y Campos… . Nuestros antiguos,…, siempre dividieron por este río estas dos regiones finitimas….Cuyo nacimiento y más alto origen … es en el Puerto de Sierradalbas, sobre el lugar de Casas-Vegas…, por unas Vegas de Pradería,…,bajando por San Salvador,,,,, hasta la villa de Cervera,…, desciende a Herrera,…, viene a Torquemada,…, sigue por Magaz a Dueñas,…, se presenta en Cabezón, Valladolid, Simancas y Vado de Aniago, dos leguas antes de Tordesillas,…”, todo ello para no caer en adjudicaciones a descomunales lugares comunes territoriales, que son, en nuestra opinión y sostenido criterio, completa y totalmente impropios, no sólo escuetamente de ahora, también de aquellos pretéritos momentos.

El historiador E. Cooper, en lo que hemos consultado, sitúa una rebelión/tumulto/asonada en la ciudad de Logroño en el mes de marzo del año 1519 ( se sabe que «la Corona» [-.-en atención al singular reino de Castilla-.-] envió al licenciado Ronquillo -.- 21-3-1519 -.-, para la investigación/valoración/dictamen de los hechos producidos), lo cual , y por ahora, parece que le da la iniciativa en la llamada `rebelión de las comunidades´, al mismo tiempo que, por su temporalidad, lo hace ser el episodio más cercano a la data del fallecimiento del Emperador Maximiliano (que se encuentra establecida en día 12-1-1519), con solo un distanciamiento de apenas 48 días (donde cada cual puede extrapolar la velocidad comunicativa en los albores del Siglo XVI) que aún pueden reducirse más. También son constatables, en tiempo posterior, otros actos situados, de orden social/político /económico, en tierras riojanas {espacialmente próximos a Logroño, sea en Nájera el 14-9-1520 y en Haro el 17-9-1520, o en diciembre del año 1520 } y sorianas.

La vida en Logroño transcurría, en los comienzos del Siglo XVI con cierta referencia a la Reina Juana I de Castilla y su hijo Carlos I de Castilla, así tenemos que, el año 1518 en Logroño, tomamos cita textual que dice: La ciudad recibe una Provisión y Pragmática de la reina Juana y el rey Carlos “sobre el plantar de los montes y salzedas”. Dirigida a todas las ciudades, villas y lugares (no específicamente a la ciudad de Logroño), los monarcas instan a repoblar de “montes e pinares e otros arboles asy para pastos o abrigos de ganados como para lena e madera e carbon”. Y prosiguiendo tenemos que: `en diciembre de 1519 la ciudad, que manifiesta que: “planto e hiço plantar un pedaço de termyno, qual a ella paresçio que convenya para mas utilidad”, debe recurrir a los monarcas pidiéndoles ejecutar las penas previstas, lo que demuestra que se incumplían tanto la provisión real como las ordenanzas municipales´. Entre ambas citas están los tumultos de “marzo´1519” y, con ellos, el germen más precoz de “los hechos de las comunidades”, adelantándose en la temporalidad de los hechos a la ciudad de Toledo. Consideramos oportuno y hasta pertinente, por otra parte, el constatar que aconteció,¡ya en 1519 y tiempo después!, en aquellas otras poblaciones (fueran pro comuneras o no) donde igualmente se remitió la “directriz real de la repoblación forestal”, que pudiera ser, de su profesional cotejo, altamente instructivo sobre la situación general y la política en particular.

Siguiendo con la referencia predicha tenemos que: “ El Concejo de Logroño acata la orden, y un año después se adopta y aprueba una `ordenanza municipal´ al respecto, para determinar el procedimiento para hacerla efectiva. Es una ordenanza de guarda y conservación de montes y riberas. Bajo la presidencia del corregidor (representante real), regidores, diputados y procurador mayor acuerdan quiénes deben delimitar cada zona susceptible de ser replantada y con qué. La ordenanza va poco a poco desgranando las zonas (amojonándolas) y especies elegidas: – en la ribera del Ebro y del Iregua, sauces y álamos; – en la Rad de Varea, encinas: “mandaron traer bellota para que sienbren dichos montes e que luego se sienbre la Rad de Varea”;- desde las eras de Varea hasta el Ebro, por el camino de la dehesa, robledal;- el monte del rincón del Cortijo, encina, entre otras, aportando de paso algunas referencias toponímicas interesantes (Val-salado, Llano Pedregoso, Cantabria…) y topográficas (molino y rueda de Francisco de Falces, torre de San Dolores…).Plantado… y vedado. El concejo estable-ce un sistema de guardas para vigilar la reforestación realizada, el número de años de prohibición de aprovechamiento forestal alguno (entre 10 y 15 según el lugar y la especie), regula la caza en dichos parajes y el tránsito y apacentar de los ganados. Y, cómo no, acuerda el sistema e importe de las multas en caso de infringirse la ordenanza”.

Tales hechos se pueden orlar en un amplio marco escénico, con aquellos más generales precedentes socioeconómicos, con malas cosechas, de 1504 a 1507 y de las situaciones sanitarias de aquellos años (en los años: 1501 -.-peste en Barcelona-.-; 1507 enfermedad que diezmó a los prebendados catedralicios de Cádiz-.-, -.- reiteración de la peste en Barcelona alcanzando hasta Sevilla-.-; 1510 pestilencias en Sevilla; 1515 -.-otra epidemia en Barcelona-.-; 1518 -.- pestilencia en Valladolid-.-, .- enfermedades de animales en Navarra-.-; 1519 -.- pestilencia en Valencia que alcanzó a Zaragoza y a Barcelona hasta el año 1521) y la muy grave incidencia que ello ocasionó en América.

Ello da pie a que, el inicio de las revueltas y/o tumultos no pudiera tener, y en principio, el hostigamiento sobre los poderes de la monarquía y si contra las existencias aún de “los aparatajes feudales de la nobleza”. Lo cual daría otra posible,¡y hasta sugerente!, interpretación a todos los hechos subsiguientes, dando amplia posibilidad a una `larga cambiada´, de gran parte del estamento noble, que introduce, y por elevación, la mira hacia la monarquía y se autoproponen, tanto por sí mismos como por sus sagas dinásticas, como dirigentes/avaladores/preservadores de las ciudades. Es de considerar la muy alta apreciación que, en aquella época, se tiene, véase las logroñesas familias de los Yanguas y los Sorias, a las sagas familiares.

Casi al igual, puede que en otra escala social jerárquica, tenían también en otras poblaciones, así en la ciudad de Toledo, las familias de los Ayala y los Silvas; las de los Ríos y los Salcedos de Soria; y análogamente se debe considerar la muy alta incidencia de los monasterios, donde citamos, como de pasada, los de Guadalupe, El Paular, etc. Ya que tenemos,¡ y no en vano!, una amplia concomitancia entre poderosas familias, órdenes religiosas y negocios de la época -.- ligados, ¡claro está!, a la trashumancia del ganado, en el emporio de la época, del llamado «Honrado Concejo de Pastores de La Mesta». De aquí que, como parece que acertadamente sostiene J. Pérez, referencialmente tengamos, ¡ y puede que más que un tanto!, aquello de: “La Mesta, diga lo que diga Klein, son los grandes rebaños que pertenecen a la alta nobleza y a los grandes monasterios”. Ese cuasi ibérico deambular económico gravita, parece ser, en ese paso, desde la Edad Media a la Edad Moderna, donde aún, eso otro del “reparto de la paga de beneficios. no estaba a la orden del día.

Una transcripción, muy posterior en el tiempo, nos habla a propósito de Las Roperias, en exposición de F. Fernández, de lo siguiente: “las roperías son «ejemplos de una muy interesante serie de edificios que fueron propiedad de grandes ganaderos o instituciones»”. Y añade: “El propio Jovellanos, en 1792, recogía muchas en sus escritos (aunque confundió a los propietarios de las de Truébano y Quintanilla)”, con sus datos ubicacionales sitúa todo la base de la estructura comercial: “«En Babia se apacientan en verano como trescientas mil cabezas de ganado merino, y son del Paular, Guadalupe, Perella, Escorial, Salazar, Sesma, Dusmet, Albas de Salamanca, Muro (Someruelos), Ondátegui (Hospital de Segovia). El Paular tiene su ropería en Truébano, El Escorial en Quintanilla, Guadalupe en Beberino, Sesma en Riolago y Salazar y Ondátegui allí. Fernández Nuñez, en la Mesa, Infantado en Torrestío, Negrete en Valdeburón»”. Y aú prosige en su descripción con: “A ellas habría que añadir las de la montaña de Riaño, pues el Marqués de Perales tenía en Las Salas, hoy viviendas familiares, y en la comarca de Gordón se conserva la de Beberino, perteneciente al monasterio de Guadalupe, como ‘delata’ un retrato de la Virgen Morena de Guadalupe que se conserva en la fachada de la parte de la ropería que aún se conserva. Estos monjes Jerónimos parece que alquilaban la mayor parte de los puertos de la cercana Tercia. Ya en la ribera del Torío, al lado del puente medieval de Serrilla, podemos ver un centro de turismo rural bautizado como El molino de la Ropería, rehecho hace pocas décadas”.

El «Honrado Concejo de Pastores de La Mesta» (creado en 1273 por Alfonso X de León), ya estaba en funcionamiento, cuando los “Frailes de la leonesa Salamanca” (previa petición de los regidores salmantinos, convergentemente franciscanos, agustinos, y dominicos), dictaminaron, con una carta dirigida a la ciudad leonesa de Zamora, `el bloque de reclamaciones´ que plantearían los procuradores en las convocadas Cortes del Rey Carlos I, e hicieron expresión pública del “ideario de las Comunidades”, donde se dice: (1º) “… no es de razón Su Cesarea Majestad gaste las rentas de estos reynos en las de otros señoríos que tiene…”; (2º) “… que las Comunidades de estos reynos caigan por ello en mal caso,…”.

No se debe olvidar, al hablar de los hechos generales de aquel entonces y, los que pudieran atañer a la propia ciudad de Logroño, las situaciones políticas/ administrativas anteriores, donde de forma consecutiva se tuvieron, tras el fallecimiento de Isabel I de León ( y con otras más titulaciones), los gobiernos de: (1º) el semestre de Felipe el Hermoso ( 1505-1506 ), (2º) las dos regencias del Cardenal Cisneros (1506-1507, 1516- 1517) y (3º) de Fernando de Aragón ( 1507-1516).

La problemática propia situación interna parece, pudiera ser, que es una cosa que viene, por los datos esgrimidos de tiempo atrás y otra cosa, que pudiera ser diferente y hasta distinta, es encontrarse ante un ejército foráneo, del Reino de Francia para más señas, que propiciando una invasión militarizada, está cercando la ciudad de Logroño a la altura de la data, parece ser, del 4 de junio de 1521, y la postura que adoptan lo dirigentes de tales tropas francesas que, con salvedad de los posibles y/o supuestos documentados enlaces con los `dirigentes de las comunidades´, ante lo que seguramente pudo ser `la negación en firme de la ciudad a su entrega a los invasores´, optan por bombardearla durante tres días.

Sola la ciudad de Logroño resistió el embate del ejército invasor, distinguiendo, desde nuestra singular consideración, las cuestiones internas de las imposiciones externas, poniendo todo su ser en la defensa mancomunada de su estar, lugar y raíz.

Tal hecho enclavado en la fecha del 11 de junio -.- festividad de San Bernabé -.- , ¡más que sobresaliente!, ¡y totalmente heróico!, merece ser recordado, con todas y cada una de sus anécdotas, no solo por los propios logroñeses, que ellos sí que lo hacen, también por todos los del Reino de Castilla (ambientada en la española región bi-constitucional de Castilla La Vieja), e igualmente por los demás españoles, los que somos de los otros reinos hispánicos (léase ahora regiones bi-constitucionales), de todos los demás espacios regionales de la España Nación.

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