OPINIÓN

Victor Entrialgo De Castro: «Incitación»

Victor Entrialgo De Castro: "Incitación"

Incitación es, escribe el maestro, una de las palabras más bonitas del idioma. Lo es el estímulo o motivo que provoca en una persona ganas de hacer algo.

No sé si fue esa la razón de que Caligula bautizara con ese nombre a su caballo pero aquí vamos a tratar de la acepción peyorativa del nombre del equino.

Porque si bien dicho nombre nos proporciona el estribo donde pretendemos colocar el pie y sujetar las cinchas para cabalgar, debemos aclarar ya que lo en realidad pretendemos es denunciar la acción continuada de un gobernante delirante, de «proponer a alguien cometer un delito».

O más bien, de «pactar la derogación del castigo» para permitir que lo que ayer era delito, al dia siguiente deje de serlo, como la sedición o la convocatoria de referendum de autodeterminación, derogaciones ad hoc, como precio que pagar a cambio del apoyo político y el voto.

Es como proponer a una banda de ladrones abrir, desde dentro, la puerta del Banco de España, la del Tribunal Constitucional y la de los Presupuestos, con tal de que nos permitan seguir gobernando.

Pero esperar a que, ante una proposición tal, se cometa el delito, sería convertirlo en algo irreparable. Por eso el Codigo Penal, mientras no lo deroguen y si bien para determinados delitos, castiga los actos preparativos «sin necesidad de esperar a que se cometan» porque entonces la norma sería ineficaz e irreparable. Máxime cuando las personas que se proponen delinquir ya han anunciado formal y oficialmente su propósito de hacerlo.

Lógicamente, en casos tan graves, preparados durante años, el legislador adelanta el poder sancionador a «antes de la tentativa», y trata de castigar no cualquier acción, sino «aquellas cuya carga de peligrosidad es real.»

Pues bien, la peligrosidad real deviene incuestionable cuando encuentra precedentes idénticos o semejantes para la vida social, la comunidad política y la unidad de la Nación, recientes aún en la memoria colectiva.

Actos que tuvieron en vilo a la Nación, y más tarde condenados por Sentencia firme, sin que puedan esgrimirse las derogaciones posteriores ni la retroactividad de las disposiciones sancionadoras favorables.

Máxime cuando los indultos y demás medidas adoptadas por el gobierno de Sanchez con posterioridad coadyuvan con las anteriores en el evidente propósito de realizar un acto que contraviene el ordenamiento juŕídico y eludir la eventualidad de cualquier tipo de sanción penal para los golpistas que han amenazado con reincidir.

Y los urdidores de la trama lo hacen retorciendo el ordenamiento a la medida de quien intercambia votos por vulneración constitucional y derogación de artículos del código penal, desarmando así al pueblo Soberano de una de sus principales defensas frente a la nueva vulneración anunciada del mismísimo articulo primero de la Constitución.

Conviene sobre este punto no perder de vista que la proposición para delinquir existe «cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él.» No es preciso, evidentemente, que la invitación sea formal, ni que lo anuncie el heraldo.

Se nos preguntará entonces por los autores cual es el delito vulnerado, si previamente se ha derogado con el fin de facilitar los propósitos declarados explícitamente.

Pero cuando al amparo de un supuesto poder legislativo sin límites, se deroga el delito de sedición y el de convocatoria de referendum de autodeterminación en una comunidad autónoma sobre un tema competencia incuestionable del titular de la soberanía que pone en cuestión la unidad nacional, persiguiendo con ello un fin contrario a la norma suprema del ordenamiento jurídico, no parece descabellado afirmar que aparte de una inmoralidad manifiesta, estamos ante un flagrante fraude de ley y de la propia Constitución.

La conexión entre la derogación de la sedición, -por la que se condenó a los golpistas y el apoyo a la conservación del poder por parte de Sanchez es «directa e irrefutable».

Cualquiera que sea el tipo penal al que el gobierno pretenda remitir la repetición de esos o aún más graves hechos que los separatistas indultados se proponen cometer, -entre ellos convocar un referendum de autodeterminación y las eventuales consecuencias de orden público- no  es dificil calibrar los daños para el pueblo soberano de tales conspiraciones.

Baste imaginar que un tirano derogase el código penal en su conjunto.

En tal supuesto, parece evidente que no bastaría con esgrimir la inexistencia de derecho positivo para salir al paso de una ilegalidad semejante, estimar su inconstitucionalidad y el manifiesto fraude de ley, amén de la actuación contraria a los intereses generales, los principios generales del derecho y la soberanía del pueblo.

Para «conspirar» tampoco hace falta que el acto sea cometido por dos o más. No es precisa la coautoría. Ni siquiera que se haya empezado a ejecutar el otro delito si no que, «para conspirar,» basta ponerse de acuerdo y decidir ejecutarlo».

Por tanto, por más que la conspiración y proposición para delinquir sólo estén previstas en nuestro Código para los delitos que así lo establezcan, el constructo jurídico diseñado por Pedro Sanchez y Esquerra Republicana es manifiestamente contrario a derecho y Sanchez vacía con ello a la soberanía de facultades esenciales de su poder superior.

De ahí que no haya nombre más apropiado que incitación, «Incitatus»,
para el caballo de nuestro Calígula, que convirtió en diputados y senadores a sus palmeros, salvo que algunos prefieran utilizar el de Troya, -o los dos indistintamente,- para referirse a la maquinación que, repitiendo los errores de la Historia, está siendo llevada a cabo entre Esquerra republicana y el Partido socialista, entre el gobierno de la Generalitat y el de la Moncloa, al margen del pueblo español, el único soberano.

Víctor Entrialgo

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