La fecha del 8´Marzo nos recuerda una serie de anteriores acontecimientos que, en algunas veces, y ello puede acontecer, nos suenan muy exteriores, como un tanto lejanos, puede que incluso como no atrayentes, posiblemente destemporalizados y hasta, en apreciación de algunos descontextualizados de la actualidad de nuestro día a día.
El día 8´M (del año 1126), fallecía, en la población de Saldaña, en las estribaciones septentrionales de la ibérica meseta norte, la soberana Dª. Urraca I de León, la Reina/ Emperatriz de la Corona Leonesa, a la temprana edad de 45 años. Quien había nacido (el 24-6-1081) tras los once años de El Cerco de Zamora (de 1-3-1072 a 7-10-1072) liderado, de forma valerosamente sagaz e indudablemente inteligente, por su tía Dª Urraca Fernández. (1033-1101)
Estas dos mujeres, de un pasado heredado de la Corona Leonesa, dan un importante y ejemplar atestiguamiento presencial sobre una parte del hacer de la mujer leonesa-.- la hispánica mujer leonesa-.- que, en su caso, es del máximo ascendiente y relieve en todos los posibles acontecimientos conceptuales e interactivos de sus vidas.
La especial singularidad de «Los Decretas» (del Alfonso IX de León en 1188), parecen que sitúan escénicamente un singular y concreto reconocimiento, en plena Edad Media, a las mujeres de la Corona Leonesa {en el respeto domiciliario (el no atentar contra la propiedad ajena) y en la atención a las quejas («El que tenga quejas contra alguien acuda a mi»)}, que ya venía precedido del Fuero Leonés (de Alfonso V de León, de 30-7-1017) — donde se cita sobre el matrimonio, protegiendo a la mujer y sus bienes, considerándose como «propio de la legislación leonesa» y con la situación específica del derecho de la mujer a heredar—.
Desde tales antecedentes medievales se va caminando, en esta parte noroeste de Hispania, en las Edades Moderna y Contemporánea, hacia otros logros y/o noticias que tienen que ver con un cierto protagonismo, más o menos explícito o intrincado, de las mujeres leonesas, que pudieran estar situados en la percepción de un sentido de avance, un avance socialmente leoneseizado, hacia la consolidación de la plenitud en la vivencia de unos derechos igualitarios de todos los individuos.
La reposición constitucional en la España Nación, con la acción constituyente del 6-12-1978 (después de aquella otra del 9-12-1931), supuso un aldabonazo rotundo para la consideración, ¡y preponderancia!, como activos sujetos actores constitucionales, tanto de todos y cada uno de los ciudadanos españoles, como de sus entes grupales (sociales y regionales).
Esa «tal novedad constitucional», hacia y con todos los españoles, tenía que realizar el indudable paso transicional de caminar de «las musas al teatro», o sea: vivificarse en un hacer presencial global desde la literalidad del texto constitucional en la practicidad, a todos los niveles, de la vida cotidiana.
Tal camino, y en principio, no se antojaba: ni fácil ni mediato, por lo que todos los intentos de adecuación al mismo, debieran entenderse como parte alícuota y transcendente, de un hacer mancomunado en pos de una meta anhelada y, sobre todo, compartida.
Desde 1978 se van dando pasos en pos del coprotagonísmo, con base constitucional, de mujeres y hombres, en la vida integral (cultural, social, económica y política) en la España Nación, donde unos han tenido una atención más relevante y otros, por motivos que ahora no sopesamos, han estado evanescentes o semiocultados, aunque sostenemos, e nuestro criterio, que todos ellos han satisfecho una acción social convergente.
Hoy día 8-3-2019, queremos traer al presente, y puede que sea al presente electoral, un acontecer que se explicitó en el BOE del 6-2-1996, al publicar las candidaturas de todas listas electorales de las elecciones generales de aquel año.
En tal edición del BOE— en sus páginas 4007 y 4010—, y relativo a la circunscripción electoral de la provincia de Madrid, sale editada la candidatura de: SALAMANCA, ZAMORA, LEÓN (PREPAL), y en ella, tanto en la lista de lo correspondiente al Congreso de los Diputados coma en la del Senado, está compuesta en su completa composición por mujeres.
Tenemos pues que un elenco de mujeres (regionales) leonesas, ya en el año 1996, ¡y en Madrid!, dan constancia pública, de su acción presencial en política, ante el universal areópago de toda la España Nación, con un mensaje directo sobre su estar regional y su ser cívico.
Desde la ciudadanía regional leonesa, incardinada de siempre en la ciudadanía española y europea, las mujeres (regionales) leonesas son parte activa, ¡y demostrable!, del hecho constitucional que a todos con contiene en la CE´1978.
Venimos de un pasado único e impactante en la Corona Leonesa, labrado por mujeres y hombres que en ella desarrollaron su proceso vivencial, y ahora caminamos convergentemente, mujeres y hombres, hacia un futuro donde habite la plenitud constitucional.
VALORIO 8-3-2019
Francisco Iglesias Carreño Del Instituto de Estudios Zamoranos FLORAN D´OCAMPO