Bokabulario

El buenismo del Código Penal franquista de 1973

Pues mirad, sí, de esto tiene la culpa el franquismo y se trata de una de las herencias más lamentables que nuestros políticos no han eliminado.

Muchas cosas buenas del franquismo se han eliminado de la vida pública, como las pagas extra, la honradez en la Administración, la calidad de la enseñanza pública, la repoblación forestal y el fomento de la natalidad. Otras malas se han mantenido, como las subvenciones a los mineros, la manía de reclutar ministros entre los abogados del Estado y el buenismo en la política penal.

Una excelente columna del magistrado José Luis Manzanares explica cómo nació la doctrina Parot. Como de costumbre, por la incompetencia de los políticos.

Primer punto: la redención de penas por el trabajo o el estudio o la asistencia a talleres de psicología o limpieza de pasillos es una invención del franquismo. Una chapuza para atenuar un Código muy duro. Se imponían condenas larguísimas que luego se reducían por este mecanismo, en vez de ajustar legalmente las penas a las conductas. La misma idiotez que se producía en la represión del terrorismo, en la que los tribunales militares imponían penas de muerte (a veces dos por reo) que luego, después de unas semanas de protestas internacionales, Franco conmutaba:

Dicha redención, que es una institución de origen franquista, rebaja un día de cumplimiento efectivo de la pena por cada dos de un trabajo que muchas veces sólo existe sobre el papel. Nunca hubo en nuestras cárceles trabajo para todos los reos, por lo que, para no dejar a la mayoría de ellos sin tal beneficio, ha valido como tal cualquier pretexto. La redención ordinaria se obtiene automáticamente a partir de la buena conducta. Y aún puede completarse con las muy variadas redenciones extraordinarias a gusto de la autoridad competente.

Esa institución penal la mantuvieron los gobernantes de UCD y del PSOE durante años, por cobardía o por pasar por progres. Lo que valía para raterillos era un chollo para asesinos en serie:

Pues bien, durante los años de plomo, cuando el terrorismo etarra era más activo, o sea, desde la transición democrática hasta el Código Penal de 1995, nuestros políticos optaron por mirar hacia otro lado, quizá porque los asesinos no quedarían en libertad hasta diez, doce o quince años después, y quizá también por un complejo de infantil progresismo. Todas las penas se refundían en una que nunca superaría los treinta años, y sobre esa pena única se aplicaban la redención ordinaria y extraordinaria de penas por el trabajo.

De modo que los jueces tuvieron que hacer el trabajo que no hacían los legisladores:

con el paso del tiempo empezaron a salir a la calle esos asesinos múltiples tan bien tratados por nuestro ordenamiento jurídico. Y entonces a alguien se le ocurrió que la irretroactividad de la ley penal en contra del reo podía orillarse cambiando la hasta entonces interpretación pacífica de los viejos textos. Los beneficios se aplicarían a la suma total de las penas impuestas –a veces centenares de años-, de forma que el resto pudiese quedar por encima de los treinta de cumplimiento máximo. O sea, el huevo de Colón. (…) Si el fiasco se confirma, no habrá que buscar a sus responsables en Estrasburgo, sino en Madrid.

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Autor

Pedro F. Barbadillo

Es un intelectual que desde siempre ha querido formar parte del mundo de la comunicación y a él ha dedicado su vida profesional y parte de su vida privada.

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