Análisis

Por 30 monedas de plata

Por 30 monedas de plata
Cristóbal Valladolid. PD

En 1995, el PSOE decidió acometer la reforma del Código Penal. Esta reforma encabezada por el ministro Belloch, suprimió del Código Penal de 1983 el artículo 214, que había venido figurando desde el siglo XIX, y que castigaba con penas de prisión de 6 a 12 años la proclamación de la independencia de un territorio de España sin necesidad de que hubiera violencia, tipificándolo como un delito de sedición impropia.

Aunque hubo muchísimas críticas al Código de 1995, la supresión del mencionado artículo paso desapercibida y es ahora cuando nos damos cuenta de la barbaridad que se cometió pues con dicho acto, se desarmó al Estado frente al nacionalismo independentista.

Ahora proclamar la independencia, no es delito y por dicho motivo tenemos que intentar encajar la declaración de independencia del Parlament catalán en el delito de rebelión, que está pensado para un golpe militar. De momento no nos está yendo muy bien que digamos y ello nos está dando problemas en el extranjero con el tema de las extradiciones.

Pero claro, aunque nadie tiene una explicación del porqué se suprimió el mencionado artículo 214 que castigaba la proclamación de independencia, sí que hay una y bastante clara:
En 1993, hubo elecciones generales en las cuales el PSOE sacó 159 escaños en el Congreso, no llegaba a la mayoría de 176 votos necesarios para investir a Felipe González. Pero como ya era costumbre entonces, esa mayoría se podía conseguir con los nacionalistas, pagando un precio, claro, y además bastante caro como siempre: transferencia de competencias, retirada de recursos de inconstitucionalidad, dinero, etcétera; lo que fuese, sin rechistar, para conseguir la presidencia del gobierno, el precio lo de menos aunque se vendiese a España.

Pero claro, habiendo una reforma del Código Penal a la vista, sí vieron los nacionalistas la ocasión de eliminar, a cambio de su voto de investidura, las trabas para una futura declaración de independencia, que si bien entonces no era previsible para el ministro Belloch, ya estaba en la mente de los nacionalistas, este ha sido siempre el objetivo final de los nacionalistas; total, que con la máxima discreción se eliminó el articulito, ¿total que iba a pasar?, lo que cuenta es la presidencia del gobierno y nadie se va a enterar. Y muy pocos se enteraron o dijeron algo, que yo sepa.

La votación de investidura de Felipe:
PSOE 159
CIU 17
PNV 5
TOTAL 176 votos

Los justos para investir a Felipe. Los de su partido y los de los nacionalistas.

Pues bien por esos 22 votos de CIU y PNV vendió el PSOE la mejor arma legal de contención de una declaración unilateral de independencia.

Como a otro, que en pasado, vendieron por 30 monedas de plata.

Por supuesto que posteriormente, el PP, con mayorías absolutas, no se le ocurrió restituir el artículo, no vaya a ser que un día necesitasen a los nacionalistas. Nada de molestar a los nacionalistas.

Como ahora por ejemplo, por los votos del PNV necesarios para aprobar los PGE que garantizarán que el PP termine la legislatura en el Poder, van a levantar el art. 155 CE, saliendo corriendo de Cataluña y con el trabajo sin hacer. Eso sí, con la promesa de volver, pero los independentistas, esta vez, no se van a dejar pillar y seguirán haciendo lo mismo pero de forma menos ostentosa.

Total, nada ha cambiado ni va a cambiar el PNV no quiere 155, tiene los votos y manda. Y como es natural, el PSOE prefiere eso antes que prestar los 5 votos que se necesitan para aprobar los presupuestos y poder mandar a los nacionalistas a freír espárragos. No se vaya a molestar la «militancia».

Pues ya sabemos a quién votar. A quien no votar quiero decir.

No es broma

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