La opción de Puigdemont, convencido independentista que ha conectado rápidamente con el conjunto de la base social secesionista, parece remota
LA sentencia por la que el Tribunal Superior de Justicia catalán ha condenado a Artur Mas a dos años de inhabilitación deja en el aire una compleja duda jurídica que en su día tendrá que resolver el Supremo.
El fiscal entendió que, además de un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional, existió otro añadido de prevaricación por poner en marcha todos los mecanismos para posibilitar la consulta farsa del 9-N de 2014.
Sin embargo, el Tribunal catalán ha entendido que el delito de desobediencia engloba en sí mismo la posterior toma de decisiones injustas, y que por ello no existe una prevaricación administrativa asociada ya que eso supondría imponer una condena doble por un único hecho delictivo.
Con seguridad, la Sala Penal del Supremo hará público en próximas semanas su propio criterio cuando previsiblemente condene a Francesc Homs por los mismos hechos.
No obstante, no deja de ser discutible la opinión de los magistrados catalanes porque es razonable entender que la desobediencia era la excusa previa e imprescindible para cometer un acto administrativo posterior y autónomo, como es el de diseñar, organizar y ejecutar una consulta, en absoluta conciencia de que era ilegal.
Es lógico inferir que se trata de dos decisiones independientes entre sí, y para maquillar la segunda Mas culpó de la hipotética conducta prevaricadora a los 43.000 voluntarios que participaron en el referéndum trampa, sabiendo que nadie iba a identificar y localizar a ese número de personas y que al no tratarse de empleados públicos era imposible acusarles de prevaricar.
Si el Supremo asume este criterio y condena a Homs por este delito, Mas ya sabrá que su inhabilitación podría extenderse fácilmente hasta los diez años.
El fin de cualquier expectativa política para él.