El informe jurídico del Congreso sobre Bono sugiere regular el acceso a las declaraciones de bienes

El informe jurídico del Congreso sobre Bono sugiere regular el acceso a las declaraciones de bienes
. Agencia EFE

El informe de los servicios jurídicos del Congreso que argumenta la falta de competencia de la Comisión del Estatuto de los Diputados para indagar sobre el patrimonio del presidente de la Cámara, José Bono, sugiere la conveniencia de regular el acceso a las declaraciones de bienes de los diputados.

El documento, al que ha tenido acceso EFE, ha sido hoy analizado por esta Comisión, que se ha declarado incompetente para investigar las posesiones de Bono, tal y como pretendía el PP, que podría pedir una comisión de investigación sobre supuesto tráfico de influencias.

Hacen los letrados del Congreso un exhaustivo análisis de las leyes en vigor que afectan a las declaraciones de bienes y actividades de diputados y miembros del Gobierno, de su régimen de incompatibilidades, del Reglamento del Congreso y de las disposiciones que afectan al funcionamiento de la Comisión del Estatuto de los Diputados y al acceso a sus declaraciones.

La Comisión «ni puede examinar la declaración de bienes formulada por un diputado ni, tampoco, obviamente, comparar las declaraciones de miembros del Gobierno que reúnan la condición de diputados con las presentadas en la Cámara en tal condición, pues no tiene atribuida competencia respecto de ninguna de las declaraciones de bienes», concluye el informe jurídico.

No obstante, y tras proponer a la Comisión declarar que carece de competencia para investigar patrimonios, hace una reflexión final.

«Todo ello sin perjuicio de las observaciones que quepa, en su caso, realizar sobre la conveniencia de que se regule por el Reglamento del Congreso el régimen de acceso a las declaraciones de los miembros de la Cámara o de los Miembros del Gobierno, precisando el órgano competente para hacerlo y el procedimiento a través del que pueda actuarse tal competencia».

Y ello porque no existe precepto reglamentario que regule este asunto.

Así, recuerda que las únicas menciones existentes en la Ley Electoral y los acuerdos conjuntos de las Mesas del Congreso y del Senado para dar publicidad a las declaraciones de actividades de los parlamentarios «se limitan a precisar la dependencia del Registro de Intereses de los presidentes de las Cámaras, lo que mantiene a la Comisión al margen de su custodia y gestión».

El grupo popular se ha abstenido al votar la declaración sobre la falta de competencia de la comisión, y ha argumentado que existe un acuerdo plenario del 13 de febrero de 1990 que la faculta para investigar asuntos de interés público relacionados con el tráfico de influencias.

Sí menciona el informe jurídico esta moción, que dotaba de funciones de investigación a la Comisión del Estatuto de los Diputados, pero determina que para que pueda actuar en este supuesto es preciso que su intervención sea requerida por un grupo o diputado «afectados por una información que ponga en duda la honestidad de su actuación».

Y además han de hacerlo con un escrito donde expongan «de forma circunstanciada» aquellos hechos «que puedan implicar invocación o uso de la condición de parlamentario por un diputado para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional».

En otro apartado, el documento hace distinción entre la regulación legal del registro de actividades de altos cargos, que tiene carácter público, y el de bienes y derechos patrimoniales, que es reservado.

Los servicios jurídicos de la Cámara han redactado este informe a instancias de la Comisión, después de que la Mesa del Congreso le remitiera un escrito presentado por un abogado de Murcia, en nombre de la denominada Asociación para la Preeminencia del Derecho, que pedía que se investigara el patrimonio personal de Bono.

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