El circo no para.
La Ley de Bienestar Animal aprobada el pasado jueves en el Congreso de los Diputados es una pifia del Gobierno de Pedro Sánchez, que cede ante la presión de su socio Podemos, al sacar un texto que tiene tantas ambigüedades que podría establecer penas desproporcionadas por matar una rata que entre a nuestro hogar.
La normativa impulsada por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, ha abierto una nueva fisura dentro del Gobierno de coalición PSOE-Podemos, por las discusiones que ha generado, ya que los perros de caza y animales de trabajo han quedado excluidos de la normativa.
Por si fuera poco, ha suscitado polémicas por la gran cantidad de cambios en la normativa actual. Diversos aspectos que además de no estar bien especificados, afectan tanto a quienes ya tienen mascotas como a aquellos que quieran tener un animal doméstico.
Las dudas empiezan con una de las modificaciones más importantes de la legislación: cambiar la denominación de «animal doméstico» por «animal vertebrado». Por lo tanto, afecta a todos los animales que tienen un esqueleto con columna vertebral, como las ratas, serpientes o palomas. Esto abre la pregunta de qué animales pueden ser considerados mascotas. En principio, la ley no se aplicará de forma retroactiva. Así que quienes sean dueños de mascotas considerados prohibidos, podrán conservarlos. Solo afectaría a quienes quieran adquirir cualquier espécimen.
Otro de los aspectos que más polémica ha generado es el aumento de las penas y multas por situaciones que produzcan la muerte de un «animal vertebrado». Por ejemplo, matar a un roedor que entre en nuestros hogares podría ser penado con hasta 18 meses de cárcel y acarrear una multa de hasta 50.000 euros si se ha empleado veneno o la ‘clásica’ escoba. Esta pena es mucho mayor que causar lesiones a una persona que no requiera asistencia médica, que está penada con entre uno y tres meses de prisión en el artículo 147.2 del Código Penal.
Además, las penas podrán aumentar si existen agravantes como el emplear armas, veneno o explosivos; causar la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal; el ensañamiento, realizar el acto para intimidar, difundirlo a través de las redes sociales, o hacerlo en presencia de un menor de edad o una persona vulnerable.
De hecho, la nueva normativa establece obligaciones a las administraciones locales para controlar plagas de animales. Señala que se deben priorizarán los métodos tipo CER (Capturar, Esterilizar, Retornar) antes de emplear métodos más agresivos o mortales.
Otro de los puntos que más críticas ha generado es que el nuevo texto rebaja los delitos de abuso sexual de animales y zoofilia. La explotación sexual de animales, es delito desde 2015, a través del artículo 337 del Código Penal, que estipulaba condenas de entre tres meses y un día hasta un año de prisión. Con el texto de Podemos, la explotación sexual queda destipificado al no entrar en el texto. Por lo tanto, el abuso sexual a los animales queda a que el abusador lo lleve a un veterinario y a la interpretación del juez. Por su parte, la zoofilia tampoco es un delito en sí mismo (tampoco lo era en la anterior, aunque protegía más a los animales) y estos abusos se castigarán solamente si genera lesiones al animal que requieran tratamiento veterinario.
Otro error mayúsculo: la destipificación penal de la explotación sexual de animales.
Abusos sexuales a animales, participación en zoopornografía y otros, conductas muy dañinas y peligrosas, quedarán impunes.
¿También había que tragarse esto?#MismosPerrosMismaLey pic.twitter.com/qG5Mzyimnd
— Amanda Romero (@AmandaRomero_G) February 11, 2023
En la normativa también se incluye el ‘famoso’ curso para quienes quieran tener un perro, del que se sabe poco en qué consiste. También se establece la obligatoriedad para los dueños de los caninos, independientemente de la raza, de contratar un seguro de Responsabilidad Civil para para perros.
Como pasó con la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, mejor conocida como ley del ‘Sólo sí es sí’, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) advirtió en un informe realizado el pasado mes de noviembre, sobre los problemas de la ley. De acuerdo al órgano del Poder Judicial, «la nueva regulación puede afectar al principio de proporcionalidad de las sanciones y del conflicto que se generará en relación con los delitos relativos a la protección de la flora y la fauna».
Además, diversos organismos dedicados a la protección de animales se han mostrado en contra del proyecto como el caso de INTERcids, la organización de operadores jurídicos por los animales, e incluso PACMA, el partido animalista, y MásPaís han criticado el proyecto.
Pese a ello, ha sido aprobada en el Congreso de los Diputados gracias a los votos de PSOE, Unidas Podemos, En Comú Podem, Galicia en Común, ERC, EH Bildu y la CUP.
Las Multas
La Ley de Bienestar Animal establece tres tramos para definir la multa en caso de incumplimiento: leves, graves y muy graves, cualquier violación de la normativa que genere el sufrimiento del animal puede conllevar la inhabilitación de hasta 10 años para tener mascota. En el caso de la muerte, puede ser susceptible de penas de cárcel de entre 18 meses y 3 años.
Infracciones leves:
- Dejar a los animales atados, a la intemperie o encerrados en vehículos.
- Permitir que paseen por espacios públicos sin supervisión.
- Dejar a un animal solo durante 3 días seguidos. En el caso de los perros, con un máximo de 24 horas.
- No tener un seguro de responsabilidad civil.
- No denunciar la pérdida de un animal en un plazo máximo de 48 horas.
- No esterilizar animales que tengan acceso a otros animales sin supervisión.
Infracciones graves:
- No identificar al animal.
- Emplear métodos agresivos o violentos en la educación animal.
- Mutilar o realizar una modificación corporal no autorizada.
- Emplear un animal como recompensa, premio, rifa, promoción.
- Utilizar animales como reclamo publicitario sin autorización.
- Criar o comerciar con animales silvestres alóctonos.
- El abandono de cualquier animal.
- El robo, hurto o apropiación indebida de un animal.
Infracciones muy graves:
- Emplear medios inadecuados para la muerte asistida de animales.
- Utilizar animales para pelear y riñas con otros animales o personas.
- La cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.
- Usar animales para actividades culturales, atracciones y espectáculos circenses.
- Cometer más de una infracción grave en el plazo de tres años.
Álex Lachhein: «Los podemitas mienten cuando dicen defender a los animales»
Uno de los más importantes naturalistas de España habla en La Burbuja de Periodista Digital sobre los perjuicios de la Ley de Bienestar Animal.
En su conversación con Josué Cárdenas, el experto indica que los beneficiados con esta nueva normativa no serán los animales sino muchas ONG que van a ser regadas con dinero público. Tendrá que ser necesario un curso para tener un perro y estarán prohibidas las tiendas de animales.
Lachhein fue muy enérgico contra Ione Belarra y ha desmentido las mentiras del discurso que apoya esta Ley. Además, ha advertido que esta normativa «forma parte de un plan mucho mayor que el del Gobierno. Lleva años en la agenda de los lobbys animalistas».