Contrato de explotación de la Plaza de las Las Ventas

El TSJM avala la adjudicación a Taurodelta

Sentencias favorables a la gestión del Vicepresidente de la Comunidad de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la adjudicción del contrato de explotación de la Plaza de Toros de la Ventas que la Comunidad de Madrid hizo a la empresa Taurodelta y que fue recurrida por Toreart, encabezada por Simón Casas.

Los hechos se remontan a julio de 2006, cuando la compañía Toreart se presentó a un concurso público para la adjudicación del contrato de gestión para la cesión de la explotación de la citada Plaza, una convocatoria a la que también concurrió Taurodelta y Tomás Entero S.L.

Taurodelta resultó finalmente adjudicataria del contrato al obtener 81,41 puntos frente a los 80,13 puntos de Toreart y a los 74,33 de Tomás Entero. Toreart no se mostró conforme con esta resolución y decidió recurrirla por la incorrecta puntuación en el número de festejos en plazas de segunda categoría, por la falta de experiencia de José Antonio Martínez Uganda (propietario de Taurodelta) y por la incorrecta valoración de las ofertas, entre otras razones.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, analiza el trabajo de Martínez Uganda en diversas plazas de toros y subraya que la oferta que presentó el empresario ofrece sus novilladas en domingo televisadas en horario de 20.30 horas mientras que Toreart «sólo ofrece una novillada en domingo y el resto están prevista para días laborales», que el tribunal considera que «son días de menor asistencia de público y de menor impacto taurino».

También examina las ofertas en materia de publicidad y establece que en ambas empresas son parecidas, por lo que obtienen una puntuación similar.

Sin embargo, establece que en la aportación económica «hay diferencia cuantitativa», puesto que Toreart ofreció 1,5 millones de euros y Taurodelta propuso 1,01 millones. «Se considera correctamente valorado por la mesa (este criterio), ya que a la recurrente le fueron otorgada los 4 puntos máximos por tal concepto mientras que a la adjudicataria le fueron otorgados 1,15 puntos», puntualiza la Sala.

Por razones como esta, el magistrado ha decidido desestimar el recurso interpuesto por Simón Casas en nombre de Toreart y decide confirmar la resolución de la Comunidad de Madrid que se adoptó en el primer momento.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación.

Tras conocer esta resolución, el Gobierno regional recordó que la Audiencia Provincial de Madrid ya respaldó la gestión de la plaza de toros mediante un auto hecho público el 29 de junio de 2009. Toreart también abrió en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid un procedimento penal contra Martínez Uranga alegando falsedad documental en la oferta que éste presentó a la Comunidad.

En dicha causa también resultó imputado el director gerente del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, si bien el propio juzgado, el 23 de marzo de 2009, y posteriormente la Audiencia Provincial de Madrid, no hallaron infracción penal de ningún tipo y acordaron el archivo y sobreseimiento de la causa.

GESTIóN DEL CANAL ISABEL II

Por otra parte, la Vicepresidencia del Ejecutivo autonómico también ha recibido un fallo favorable a su gestión en el Canal de Isabel II.

El fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Manuel Moix, acordó el pasado 6 de octubre el archivo de las diligencias de investigación iniciadas tras una denuncia de la asociación de vecinos ‘Parque sí en Chamberí’ contra Ignacio González.

Los denunciantes entendían que la construcción por parte del Canal de Isabel II de nuevas zonas verdes y una zona deportiva en la superficie del tercer depósito pordía constituir un delito contra la ordenación del territorio y un delito de sustracción de la cosa propia a su utilidad social.

También consideraban que la adjudicación del contrato de gestión y explotación de las instalaciones deportivas del Canal de Isabel II en el tercer depósito «podría ser constitutiva de los delitos de prevaricación, de malversación de fondos y tráfico de influencias» al relacionar la adjudicación de los trabajos con familiares del vicepresidente.

Sin embargo, el fiscal admite en un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, que los hechos denunciados «no son constitutivos de infracción penal de ningún tipo» y concreta que, en el caso del tráfico de influencias no hay «indicio o rastro alguno que permita la más leve sospecha de que se hubiera producido algún tipo de sugerencias, insinuaciones, presiones o similar» por parte de González a la hora de tomar sus decisiones.

«Se ha podido constatar que ni el hermano ni el cuñado del vicepresidente primero de la Comunidad de Madrid han intervenido, en momento laguno, ni como accionistas, ni como administradores de las sociedades a las que se adjudicó el concurso, ni tampoco en la Sociedad Anónima que actualmente explota las instaciones», señala Moix.

 

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Autor

Luis Balcarce

De 2007 a 2021 fue Jefe de Redacción de Periodista Digital, uno de los diez digitales más leídos de España.

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