La Ejecutiva de la FAMP ratifica este martes el acuerdo entre PSOE y PP-A sobre topes en los sueldos de los alcaldes

La Comisión Ejecutiva de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) tiene previsto ratificar en una reunión este martes el acuerdo que PSOE-A, PP-A y la propia federación alcanzaron a finales de junio para fijar unos topes en los salarios de los alcaldes de la comunidad en función de los tramos de población de los municipios.

En función de ese acuerdo, el sueldo máximo que podrá cobrar un alcalde y un presidente de Diputación Provincial será el equivalente al de un consejero del Gobierno andaluz (68.630 euros anuales), que será para el caso de los municipios de más de 100.000 habitantes; de entre 50.000 y 100.000 habitantes, el sueldo de un viceconsejero (64.092 euros); de entre 50.000 y 20.000, el de un director general de la Junta (55.072 euros), y de menos de 20.000 habitantes, la máxima retribución sería la equivalente a la de un delegado provincial (45.432 euros anuales).

Los municipios de más de 100.000 habitantes que hay actualmente en Andalucía son las ocho capitales de provincia y Dos Hermanas (Sevilla), Jerez de la Frontera y Algeciras (Cádiz) y Marbella (Málaga). Los nuevos criterios sobre los sueldos de los alcaldes se empezarían a aplicar tras las próximas elecciones municipales de 2011.

De otro lado, la FAMP también tiene previsto dar luz verde el martes a la constitución del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, cuya creación se contempla en la nueva Ley de Autonomía Local de Andalucía (Laula), según ha informado a Europa Press el presidente de la federación, Francisco Toscano.

El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, que fue una demanda de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias durante la tramitación parlamentaria de la Laula, se concibe como un órgano de representación de los municipios y las provincias ante las instituciones de la Junta de Andalucía con la finalidad de garantizar el respeto a las competencias locales. Para el ejercicio de sus competencias goza de autonomía orgánica y funcional. El Consejo adoptará su propio reglamento interno de organización y funcionamiento.

El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales estará compuesto por la totalidad de la representación local en el Consejo Andaluz de Concertación Local más cinco cargos electos locales propuestos por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación. El presidente o presidenta será elegido por mayoría absoluta del Consejo.

Corresponde al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales conocer con carácter previo cuantos anteproyectos de leyes, planes y proyectos de disposiciones generales se elaboren por las instituciones y órganos de la comunidad autónoma que afecten a las competencias locales propias, e informar sobre el impacto que aquellas puedan ejercer sobre dichas competencias, pudiendo emitir juicios basados en criterios de legalidad y oportunidad que en ningún caso tendrán carácter vinculante.

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