ALGUNOS SON MÁS IGUALES ANTE LA LEY QUE OTROS

Verstrynge, Zapata, Maestre, Iglesias… ¿algún día veremos a los de Podemos pagar por sus tropelías?

¿Hay doble vara de medir en la Justicia si el acusado es de Podemos?

Si usted tiene un juicio contra algún dirigente de Podemos, vaya rezándole a la Virgen. El último en irse de rositas ha sido el ex político Jorge Verstrynge que estaba acusado de delito de atentado a la autoridad y de lesiones por la supuesta agresión a un policía nacional durante la concentración convocada por la Coordinadora 25-S en la Puerta del Sol de Madrid en junio de 2014. Al final, libre de polvo y paja.

El Ministerio Fiscal pedía tres años y medio de cárcel para el profesor, quien durante el juicio celebrado el pasado 24 de enero negó haber agredido a un agente y dijo que fue la policía la que le sacó de la marcha. También rechazó que le dijera a uno de ellos que él pasaba «por sus cojones», tal y como se recogía en el escrito de acusaciones del Ministerio Fiscal.

Verstrynge, que se encontraba acompañado de su mujer y un hijo menor de edad, quiso abandonar el lugar pero los agentes le impidieron pasar. Esto generó un momento de tensión y el arresto del que fuera líder de Alianza Popular. No ha quedado probado, sin embargo, que diera un manotazo o agrediera de otro modo a los agentes, dice la sentencia.

El juez destaca que, en este caso se cuenta con numerosas imágenes sobre lo sucedido –«en pocas ocasiones se puede disponer de tantas», dice- «que posibilitan ver lo sucedido desde distintos ángulos, a distintas velocidades e incluso fotograma a fotograma».

En los vídeos queda patente que se formó «un revuelo» en la zona donde se encontraba Verstrynge y un agente le agarró y, junto con otro, le sacó de la manifestación y le condujo a un furgón. No se aprecia, sin embargo, que ninguno de ellos cayera al suelo, o perdiera el equilibrio ni que el ex profesor agrediera a nadie. «El grado de certeza es muy elevado», asegura el juez.

EL ASOMBROSO CASO DE MONEDERO

Ya lo advertimos con el llamativo caso de Juan Carlos Monedero, a quien todas sus tropelías se la han salido gratis. ¿Que defrauda al fisco con 425.000 euros cobrados del sátrapa Chávez? Montoro le deja ir vivo.

¿Que la Complutense le sanciona seis meses por ocultar sus trabajos de asesoría para los Gobiernos de Bolivia, Venezuela, Ecuador y Nicaragua? Un juez le da la razón y declara la decisión de la universidad contraria a derecho.

¿Que Albert Rivera le demanda por referirse a él haciendo el gesto de esnifar cocaína? El líder de Ciudadanos retira la demanda.Rivera se arruga ante Monedero y le perdona por haberle acusado de cocainómano

DE ROSITAS

Pero no es el único caso. La Audiencia Provincial de Madrid absolvió en diciembre de 2016 a la portavoz del Ayuntamiento de la capital, Rita Maestre (Ahora Madrid), del delito de ofensa a los sentimientos religiosos por el que había sido condenada a una multa tras irrumpir en sujetador, en 2011, en la capilla del campus de la Universidad Complutense de Madrid.Rita Maestre, absuelta por el asalto de la capilla de la Complutense

Un mes antes la Audiencia Nacional absolvió al concejal de Madrid, Guillermo Zapata del delito de humillación a las víctimas del terrorismo por el que había sido juzgado. La Sala entendió que los comentarios realizados en la red social Twitter encajaban dentro del humor macabro pero no en el tipo penal de delito de humillación a las víctimas del terrorismo.

En enero de 2015 el Supremo rechazó de plano la querella contra Pablo Iglesias presentada por el Partido Socialista de la Justicia, partido fundado por el abogado José Emilio Rodríguez Menéndez, por delito de blanqueo de capitales y delito electoral por falseamiento de cuentas, porque que «no hay ni un solo indicio de los hechos denunciados». –Rodríguez Menéndez presenta una querella criminal contra Pablo Iglesias y Errejón por blanqueo

Cuatro meses después el mismo tribunal archivó la denuncia contra Iglesias en la que se acusaba de emplear la Asociación Cultural Producciones con Mano Izquierda, como «pantalla» para «diversas y notorias irregularidades» tales como el empleo de trabajadores sin figurar dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o el pago de comisiones en dinero B por prestaciones de servicio.

Tambien se le acusaba de la supresión de derechos de los trabajadores; el abuso de las condiciones fiscales que caracterizan a una asociación sin ánimo de lucro; y la obtención de subvenciones de entidades y personalidades internacionales, de sospechoso origen ilícito, como son La República de Venezuela y el Régimen Iraní. En febrero de 2016 la Audiencia Provincial de Madrid confirmó el archivo de la querella.

En junio de 2016 un juez archivó la causa abierta contra el número dos de Podemos, Íñigo Errejón, por una querella presentada por Manos Limpias a raíz de su relación con la Universidad de Málaga.

Esta organización acusó al dirigente del partido emergente de estafa por un contrato de investigación que le vinculó a ese centro entre marzo y diciembre de 2014, cuando ya existía la formación de Pablo Iglesias. Errejón percibió 1.825 euros brutos al mes -unos 1.600 netos- para realizar un trabajo sobre política de vivienda financiado por la Unión Europea (80%) y la Junta de Andalucía (20%). Errejón no residía en Málaga, aunque el director del proyecto, Alberto Montero, también cargo de Podemos, le autorizó verbalmente para realizar la investigación desde Madrid.

Y en julio de 2016 la Sala Segunda del Tribunal Supremo decidió archivar la denuncia contra Pablo Iglesias por pagos procedentes del Gobierno de Venezuela en marzo de 2014, a través de un banco situado en un paraíso fiscal, por la prestación de servicios de asesoramiento. En dicha querella se le atribuían delitos de financiación ilegal y blanqueo de capitales al diputado y líder de Podemos.

Eso sí, la Justicia falló a favor de Iglesias condenando en primera instancia a Alfonso Rojo a pagar 20.000 euros al líder de Podemos por llamarle ‘chorizo y mangante’.

Y mientras tanto ese mismo tribunal sí decidió elevar las penas impuestas por la Audiencia de Madrid a los asaltantes del centro cultural «Blanquerna» durante la celebración de la Diada de 2013 y ha impuesto condenas cercanas a los cuatro años, al haber aplicado la agravante de motivos de discriminación ideológica.La doble vara de medir de la justicia española: los asaltantes de Blanquerna, a la cárcel; Rita Maestre, absuelta

La sentencia dictada contempla que la actuación de los atacantes, a quienes la Audiencia de Madrid había castigado con penas que no implicaban -en principio- el ingreso en prisión, debe ser castigada con años de cárcel porque entrañaba intolerancia hacia la ideología catalanista.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA
Autor

Luis Balcarce

De 2007 a 2021 fue Jefe de Redacción de Periodista Digital, uno de los diez digitales más leídos de España.

Lo más leído