De ser 28 de diciembre de 2022, la noticia parecería una burda inocentada.
Pero no, no lo es.
La formación morada, con Ione Belarra a la cabeza, reclama atención para esas personas mientras deja en la estacada a aquellas que sí están pasándolas canutas frente a las atrocidades de Vladímir Putin.
Es Carlos Cuesta en Okdiario quien da cuenta de la última ocurrencia de la banda comunista, una propuesta que deja bien a las claras que el drama que viven millones de ucranianos le trae al pairo a la formación populista.
El documento, ya registrado en el Congreso de los Diputados, señala que «las consecuencias directas del cambio climático, como la subida del nivel del mar y sus efectos destructivos sobre poblaciones costeras muy numerosas, el incremento de la magnitud de las tormentas, incendios, sequías y procesos de desertización o la falta de agua potable que reduce la capacidad para producir alimentos, pueden llegar a provocar un número variable y difícil de calcular de desplazados forzosos».
Los podemitas ponen el acento en que:
Es necesario distinguir entre desplazados por efectos del cambio climático rápidos y fulminantes, como inundaciones, incendios u huracanes, y desplazados por efectos lentos pero igual de devastadores, como los de las sequías y procesos de desertización.
Igualmente, es necesario distinguir entre los desplazados forzosos que se trasladan a otros lugares dentro de su propio país -desplazados internos- y aquellos que han de salir de él. Los primeros son mayoría y generalmente se desplazan desde las zonas rurales a las ciudades, empobrecidos pero conservando sus derechos nacionales. Los que salen de sus países suelen hacerlo a países limítrofes o cercanos, y únicamente estos pueden ser considerados migrantes o refugiados climáticos.
Utilizar el término ‘refugiado climático’ tiene la ventaja de implicar la obligación de los países del Norte global de proteger a las víctimas de su propia acción criminal. Eludir el término refugiado implica despolitizar la responsabilidad.
Hay que tener en cuenta que en diciembre de 2019 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) emitió un dictamen en el que afirmó que una persona refugiada o desplazada por causas climáticas o por desastres naturales no puede ser de nuevo enviada a su hogar de origen si con ello se pone en riesgo el ejercicio de algún derecho fundamental, como es el derecho a la vida. La devolución de una persona a su país de origen podría suponer una violación del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos (PIDCP).
De ahí que, concluye la formación morada, sea primordial «estudiar y dar concreción al desarrollo de un marco jurídico que garantice la concesión de asilo en condición de refugiado por causas climáticas y socioambientales, en el que se reconocerá la categoría de refugiado climático y la protección internacional».