La Iglesia, fiel a la enseñanza del Maestro, entiende tutelar la integridad moral de todos los fieles, pero con especial vigor la de los menores
(RD/AICA).- El arzobispo de La Plata, monseñor Víctor Manuel Fernández, dispuso una serie de normas básicas sobre la prevención de los abusos que, anticipó, luego serán complementadas con un material más extenso y completo.
«Aprovecho la ocasión para rogarles que sigan rezando para que el Señor proteja y fortalezca a los sacerdotes para que puedan crecer en la santidad y evitar toda ocasión que pueda llevarlos a cometer este tipo de faltas tan graves», pidió al margen de la publicación de un nuevo decreto.
En los considerandos de la disposición, el prelado platense advierte que «el abuso sexual de menores de edad es un grave pecado que clama al cielo y es también un grave delito, tanto en el ordenamiento jurídico canónico como en el del Estado».
«Algunos adultos podrían ser considerados vulnerables por alguna discapacidad, por una dependencia laboral o por otras razones que puedan limitar sus posibilidades de poner término a alguna forma de abuso de la misma naturaleza», agrega.
La norma contempla tanto a clérigos como a docentes y dirigentes que tengan trato con menores de edad o adultos vulnerables, y subraya la necesidad de que los clérigos muestren siempre un comportamiento ejemplar en el desempeño de su labor pastoral.
Texto completo del decreto de monseñor Fernández
VISTO
que la Iglesia, fiel a la enseñanza del Maestro, entiende tutelar la integridad moral de todos los fieles, pero con especial vigor la de los menores, en la medida en que están naturalmente más expuestos a riesgos; y
CONSIDERANDO
que el abuso sexual de menores de edad es un grave pecado que clama al cielo y es también un grave delito, tanto en el ordenamiento jurídico canónico como en el del Estado; y
que algunos adultos podrían ser considerados vulnerables por alguna discapacidad, por una dependencia laboral o por otras razones que puedan limitar sus posibilidades de poner término a alguna forma de abuso de la misma naturaleza
Por las presentes letras DECRETO
1º. ABSTÉNGANSE tanto clérigos como docentes y dirigentes, en relación con menores de edad o adultos vulnerables, de:
a) compartir habitaciones en hoteles, casas, carpas u otros habitáculos.
b) viajar largas distancias en autos u otros medios de transporte sin la presencia de los padres.
c) escuchar confesiones o permanecer a solas en lugares no visibles.
d) estar a solas en baños, duchas, vestuarios o áreas semejantes.
2º. ATIENDAN en capellanias, colegios y parroquias, a personas de cualquier edad en habitaciones con la puerta de ingreso o al menos una ventana vidriada, que sea bien visible. Transitoriamente, si no se dispone de un lugar con estas características, se atenderá con la puerta abierta.
3º. PROCUREN los clérigos ser prudentes en su comportamiento con jóvenes en actividades, encuentros personales, etc., tanto en la parroquia como fuera de ella, mostrándose siempre ejemplares en el desempeño de su labor pastoral.
Dado en La Plata, a los 17 días del año del Señor 2018
El arzobispo de #LaPlata dispuso normas básicas sobre la prevención de #abusos https://t.co/8xx8pNYniN pic.twitter.com/ku5uvzpYFj
— AICA (@AgenciaAica) 20 de diciembre de 2018