"La supresión decretada por monseñor Quinteiro viola el derecho canónico"

Las miguelianas presentaron un recurso ante el Tribunal de la Signatura Apostólica

Hace siete meses que recurrieron y todavía no recibieron respuesta de Roma

Las miguelianas presentaron un recurso ante el Tribunal de la Signatura Apostólica
Miguelianas y sacerdotes en rueda de prensa

El Decreto nunca fue intimado legítimamente a las recurrentes o en la forma establecida por el derecho

(José M. Vidal).- «El decreto de supresión de Orden y Mandato va contra el Derecho Canónico». Así de tajantes se muestran los miguelianos en el recurso que interpusieron el pasado 24 de julio de 2017 ante el Tribunal de la Signatura Apostólica. Siete meses después, aún no hay respuesta alguna y las consagradas que pertenecieron a la asociación no entienden este silencio y reclaman que la Santa Sede estudie a fondo el caso.

Religión Digital ha tenido acceso al recurso presentado, en el que se denuncia que la supresión de Orden y Mandato decretada por el obispo de Tui Vigo, Luis Quinteiro Fiuza, viola el derecho canónico: «El Decreto nunca fue intimado legítimamente a las recurrentes o en la forma establecida por el derecho.»

Según afirman las consagradas miguelianas en el escrito, que prestaron a través de sus abogados de Roma, se enteraron del decreto de supresión de su asociación, cuando los medios de comunicación se hicieron eco de la noticia, el 22 de diciembre de 2014.

Pero ellas seguían perteneciendo a Orden y Mandato con un contrato de trabajo que las vinculaba a la residencia de ancianos de Bustarviejo (Madrid). Seguían trabajando, pero la Asociación que las contrató, de repente, dejaba de existir. No habían sido informadas del hecho.

Les sorprende que el obispo disolviera la Asociación, cuando sabía que legalmente era imposible, pues había contratos laborales en vigor y ellas no podían abandonar su puesto de trabajo ni dejar de atender a los abuelos a los que cuidaban las 24 horas del día.

Pero lo que más les sorprendió fue que nunca se les comunicara oficialmente la extinción de Orden y Mandato. Por eso, el 19 de febrero de 2015 presentaron un primer recurso ante el obispo de Tui Vigo, pidiendo explicaciones y que revocara el decreto, porque seguían siendo miembros de la asociación, vinculadas con un contrato laboral a Orden y Mandato.

Quinteiro fue el primero en guardar silencio

Ante este recurso, el obispo responde el 6 de octubre de 2016, un año y ocho meses después, diciendo textualmente que: «la respuesta se ha remitido a la Congregación de Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, ante la cual presentaron ustedes recurso el 24 de agosto de 2016».

En efecto, el día 24 de agosto de 2016 las recurrentes habían presentado un escrito ante la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de vida apostólica en el que, entre otras cosas decían:

«Solicitamos la intervención de la autoridad eclesial jerárquica competente para que investigue al Sr. Obispo y los Reverendos [Manuel Salcidos González y José Vidal Novoa] cuyo obrar fraudulento, deshonesto y arbitrario y de falso testimonio sigue siendo la condición sine qua non del proceso penal civil abierto contra Feliciano Miguel Rosendo. […] Solicitamos amparo así como la revisión de la visita canónica y de sus conclusiones».

Por último también pidieron la revocación, supresión o anulación del decreto de supresión de la Asociación Pública de fieles Orden y Mandato.

El Tribunal de la Signatura Apostólica interviene

Así las cosas, iniciaron un viaje de largo recorrido por diferentes organismos de la Santa Sede: la Congregación para los Obispos; la Congregación para la Doctrina de la fe; la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica -debemos recordar que el Secretario de esta última Congregación Vaticana es el obispo José Rodríguez Carballo, gallego y amigo personal de Luis Quinteiro-. Finalmente, el asunto recae en el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica. (TSA)

Si bien es cierto que el TSA desestimó el recurso inicial en un escrito del 7 de marzo de 2017, no es menos verdad que reconsideró tal decisión. Dos meses después envió otro comunicado en el que pide, «para poder llevar adelante el recurso», un depósito de mil quinientos cincuenta euros y la selección de un procurador abogado oficial, aprobado por el Tribunal. Todo ello en un plazo máximo de quince días.

Cubiertos los requisitos en tiempo y forma, las miguelianas presentan un nuevo recurso el 24 de julio de 2017, a través de los abogados. Extraoficialmente, un miembro del alto tribunal confirmó en diciembre pasado que habría respuesta en las primeras semanas de enero, pero, a día de hoy, lo único cierto es el silencio.

Contenido del recurso

La primera parte del recurso -en latín- cuenta con un resumen de las fechas, nombramientos y decretos del obispo de Tui Vigo: el decreto de aprobación del Grupo San Miguel como asociación privada en 2003, la aprobación definitiva como Asociación Pública de fieles de la Iglesia Católica en 2009, el nombramiento del visitador canónico, Manuel Salcidos González, el 29 de mayo de 2013, su informe datado el 25 de febrero de 2014, así como el nombramiento de José Vidal Novoa como comisario extraordinario el 26 de marzo de 2014, a raíz del apartamiento cautelar del presidente de la Asociación, Feliciano Miguel Rosendo.

También incluye el decreto de supresión de la Asociación emitido por el obispo Luis Quinteiro Fiuza el 22 de diciembre de 2014 y los pasos que las recurrentes fueron dando ante lo que todavía consideran una medida injusta e ilegítima.

«Nunca nos comunicaron oficialmente que Orden y Mandato había desaparecido»

Las demandantes basan su recurso en el propio derecho canónico y relatan los hechos ocurridos con dos argumentos. El primero es que nunca les comunicaron legítimamente la supresión de Orden y Mandato: «El hecho cierto es que no consta la entrega en mano del decreto a las recurrentes, por parte del obispado, ni menos aún, por parte del comisario. Se requiere una intimación [comunicación] legítima.» Y esta no se ha producido.

Por esto mismo, en el segundo argumento del escrito sostienen que no se puede argumentar, como ha hecho el obispo y hasta la misma Congregación de Institutos de Vida Consagrada, que los escritos presentados en su día tanto en el obispado de Tui-Vigo, como en Roma, hayan sido entregados fuera de plazo. En realidad, «ese plazo nunca comenzó a contar legítimamente y, en consecuencia, nunca había expirado», especifica el recurso.

El obispo tenía prisa. Disuelven Orden y Mandato después de «una chocolatada»

Amparadas por el canon 221 («compete a los fieles reclamar legítimamente los derechos que tienen en la Iglesia y defenderlos»), piden que se abra el caso contra la actuación de Quinteiro. Era obligación del obispo y del comisario comunicar legítimamente a los miembros de la Asociación el decreto que supuso la supresión de Orden y Mandato. Y ninguno de ellos lo hizo.

Se sienten desamparadas por la misma ley eclesial y explican que, si no actuaron con más prontitud, fue simplemente porque les pidieron callar en virtud de santa obediencia. En este sentido, incluyen la carta que el Comisario de Orden y Mandato escribió el 8 de enero de 2015, -pocos días después de la supresión de la Asociación-. En ella, el propio comisario José Vidal Novoa reconoce: «Sé que, por obediencia, habéis permanecido en silencio acatando, a veces con disgusto, cuanto se os mandaba».

Otros miembros de la extinta Orden y Mandato, consultados por Religión Digital, han mostrado también su perplejidad cuando conocieron el decreto de supresión el lunes 22 de diciembre. Aclaran que la tarde anterior, el comisario les había invitado a una chocolatada al finalizar la misa dominical en la que hablaron de muchas cosas pero no de la supresión.

Tampoco se había hecho convocatoria oficial, ni redactado un orden del día, como se hacía siempre para las asambleas o congresos generales. Y, pese a que quedaban pocos miembros, no se convocó a todos. Alungos, simplemente, nunca se enteraron de dicha reunión.

La secretaria de la Asociación, E. G. V., elaboró un acta el 21 de diciembre, para informar al obispo que se había celebrado un congreso extraordinario el 20 de diciembre -en realidad, la única reunión que hubo fue la chocolatada del 21- y que se había adoptado por unanimidad un único cuerdo:»Solicitar ante el Sr. Obispo D. Luis Quinteiro Fiuza, la disolución canónica de la Asociación Pública de fieles Orden y Mandato de San Miguel Arcángel.»

Esto fue el domingo. El lunes por la mañana, Orden y Mandato quedada suprimida por decreto. El obispo tenía mucha prisa.

Seguirán tocando la puerta, como la viuda del Evangelio

¿Qué piensan hacer las consagradas, después de tanto tiempo sin respuesta? Con aplomo y seguridad, pero no sin dolor, dicen que seguirán llamando a la puerta del Tribunal de la Signatura Apostólica e incluso la del Papa, como la viuda del Evangelio, hasta que se haga justicia y se reconozca la verdad. En estos días presentarán un nuevo escrito de queja a través de los abogados, pidiendo que se dé curso al reclamo que iniciaron hace ya tres años.

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Autor

José Manuel Vidal

Periodista y teólogo, es conocido por su labor de información sobre la Iglesia Católica. Dirige Religión Digital.

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