Distribuyó, además, pornografía infantil

Condenado un vigués por abusar de su hija

La madre de la niña ha sido considerada complice

Condenado un vigués por abusar de su hija
Un coche de la Policía en un suceso. EFE/Archivo

Se le imponen 10 años de prisión, la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante 15 años

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a un padre por abusar sexualmente de su hija, menor de edad, hacerle fotografías pornográficas y, además, poseer y difundir pornografía infantil –si bien no llegó a difundir material sobre su hija–.

   La sentencia declara al padre de la chica –que actualmente tiene 16 años– autor de un «delito continuado de abusos sexuales» por el que se le imponen 10 años de prisión, la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante 15 años y una inhabilitación especial para ejercer la patria potestad y tutela de ella por 6 años.

   Además, se le castiga con otros 6 años de prisión, otros 6 años de prohibición para ejercer la patria potestad y tutela y una prohibición de aproximarse y comunicarse con su hija por 10 años por un delito continuado de «fabricación de pornografía infantil», al considerarse probado que le sacó fotografías de tipo pornográfico.  

   Finalmente, como autor de difusión y posesión de pornografía infantil se le castiga con un año de prisión, una inhabilitación para ejercer la patria potestad durante un año y la prohibición de aproximarse y comunicarse con su hija por cinco años. En este sentido, en la sentencia se destaca que el condenado tenía material pornográfico de menores en soportes informáticos y que lo había compartido por Internet, si bien entre las imágenes difundidas no estaban las de la hija.

   En cuanto a la pareja de este hombre, quien convivía con él –madrastra de la menor– también se le declara autora de un «delito continuado de abusos sexuales» y se fija una pena de 8 años y seis meses de prisión, así como una inhabilitación para ejercer la patria potestad de la víctima durante 6 años y la prohibición de aproximarse y comunicarse con ella en 13 años.

   Por último, la sentencia, ante la que cabe recurso, condena a ambos adultos a que, de forma solidaria, indemnicen a la joven con 30.000 euros.

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