El alcalde de Barcelona insta a los ciudadanos a saltarse la ley. Sin tapujos, Xavier Trias (CiU) aseguró este martes –21 de febrero de 2012– que llevar la pegatina del CAT en la matrícula de los vehículos dejará de ser motivo de multa para la Guardia Urbana. Eso sí, los que circulen fuera de la ciudad —La Guardia Urbana de Lleida multa a un conductor por llevar el ‘CAT’ en la matrícula— ya saben lo que les espera.
Así lo ha ordenado Trias a los agentes de la policía local: «Nosotros no tenemos por qué multar a la gente que lleva el CAT». El alcalde, en una entrevista para Catalunya Ràdio —Tot és molt confús–, fue muy preciso en sus instrucciones, asegurando que la Guardia Urbana ha de saber que «su trabajo es agilizar la circulación, no perseguir a la gente que lleva el CAT».
«QUIEN QUIERA QUE SE PONGA EL CAT»
Estas declaraciones se producen solo unos días después de que el grupo municipal de CiU en el Ayuntamiento de Barcelona se abstuviera en una votación promovida por ERC —ERC reclama que lucir el distintivo ‘CAT’ en las matrículas no sea sancionable–, en la que defendía el uso del CAT en todos los vehículos a motor. Pese a que la ley, de ámbito nacional, lo impide.
La iniciativa de poner este tipo de identificador local, en forma de adhesivo tapando la E reglamentaria, nació en el año 2000 –cuando desapareció el distintivo provincial en las matrículas–, pero el verano de 2011 volvió a cobrar fuerza, ya que Francesc Homs (CiU), portavoz de la Generalidad, dijo «echar en falta» que los catalanes se sumaran a este tipo de campañas. «Ya nadie se lo pone», lamentó entonces.
Homs, además, aseguró que no había ningún impedimento legal para ponerse el CAT, ya que, desde su punto de vista, «la matrícula, según está tipificado en el código de circulación, es solo la combinación de cuatro números y tres letras». Y animó a que «quien quiera, que se ponga el CAT sobre la E» —Felip Puig, lleva el ‘CAT’ en su coche y moto particulares–.
DOS LEYES NACIONALES
Sin embargo, o bien Homs desconoce la normativa vigente o bien la conoce y dice que no es ilegal modificar las matrículas, porque la ley es muy clara en este aspecto. Trias lo tiene más claro, se ha de multar pero no lo harán.
El Real Decreto Legislativo 339/1990, que aprobó el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998 establecen que «queda prohibido que en las placas de matrícula se coloquen, inscriban o pinten adornos, signos u otros caracteres distintos de los señalados en el anexo XVIII incluida la publicidad en el interior de las mismas».