A repartir 75.000 euros... frente al 1,2 de Òmnium Cultural

CiU ‘pone precio’ a las ayudas a las casas regionales: «morcilla de burgos», «gazpacho andaluz» o «mojo picón» deben escribirse en catalán

El TC dictaminó que la Administración autonómica no podía dar trato de "preferente" a la lengua catalana

CiU 'pone precio' a las ayudas a las casas regionales: "morcilla de burgos", "gazpacho andaluz" o "mojo picón" deben escribirse en catalán
Artur Mas. RAC1

El nacionalismo lingüístico seguirá imparable en Cataluña pese a que el Tribunal Constitucional dejó claro, negro sobre blanco, que desde la Administración autonómica no se podía anteponer un idioma sobre otro en las relaciones privadas.

El Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) publicó, el pasado 20 de abril de 2012 [VER ORDEN GRI/99/2012, de 12 de abril], las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas por la Consejería de Gobernación y Relaciones Institucionales para la realización de actividades de las casas regionales «de otras CCAA» correspondientes a 2012.

Estas actividades deben estar destinadas a «la integración sociocultural de sus miembros en la sociedad catalana» o al «fomento, promoción y difusión de la lengua y cultura catalanas», e incluyen exposiciones, conferencias, seminarios, actos de intercambio de culturas regionales, muestras de productos típicos, talleres de artesanía, y actividades culturales, turísticas y artísticas.

En total, las casas regionales en Cataluña se repartirán 75.000 euros, una cantidad ridícula si se tienen en cuenta las cifras millonarias que la Generalidad de Cataluña otorga, por ejemplo, a las comunidades catalanas en el exterior.

SUBTERFUGIO DEL «AL MENOS»

Entre las condiciones exigidas para poder optar a las subvenciones, la Consejería obliga al cumplimiento de «los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley de Política Lingüística».

Estos artículos imponen a las entidades que «la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público deben estar redactados, al menos, en catalán».

Además, la Generalidad exige que «los rótulos e informaciones de carácter fijo y que contengan texto que han de constar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajen en los mismos deben figurar, al menos, en catalán».

Este tipo de normas contravienen claramente lo establecido por la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional, sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña, que en su fundamento jurídico 22 fue contundente al respecto:

El deber de disponibilidad lingüística de las entidades privadas, empresas o establecimientos abiertos al público no puede significar la imposición a éstas, a su titular o a su personal de obligaciones individuales de uso de cualquiera de las dos lenguas oficiales de modo general, inmediato y directo en las relaciones privadas, toda vez que el derecho a ser atendido en cualquiera de dichas lenguas sólo puede ser exigible en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos.

La misma sentencia decretó la ilegalidad de dar un trato preferente al catalán sobre el español, tal y como ocurre a la hora de conceder este tipo de subvenciones.

En concreto, el fundamento jurídico 14 decretó que:

La definición del catalán como lengua propia de Cataluña no puede justificar la imposición estatutaria del uso preferente de aquella lengua, en detrimento del castellano, también lengua oficial en la Comunidad Autónoma, por las Administraciones Públicas y los medios de comunicación públicos de Cataluña.

A CiU no parece preocupar demasiado que, según parece, incumpla la legalidad —CiU sigue otorgando subvenciones con trato de «preferente» al catalán–. Y al PP tampoco le importa, pues no lo pone encima de la mesa de las negociaciones para mantener en el cargo a Artur Mas (CiU).

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