En algunos expedientes el beneficiario no ha justificado la subvención de forma completa
La Sindicatura de Cuentas, tras analizar la actividad subvencionadora de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el ejercicio 2008, ha determinado que en las bases reguladoras de dichas ayudas no se concreta ningún sistema de verificación o control posterior para la comprobación del cumplimiento de los requisitos que se establecían para la concesión de subvenciones o compromisos asumidos por el beneficiario para no dar lugar al reintegro de la subvención.
Así se desprende del informe elaborado por este organismo de control, que publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en el que la Sindicatura constata que existen diversos «incumplimientos» de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y de la Ley General de Subvenciones, en relación al contenido mínimo de las bases reguladoras y convocatorias de subvenciones.
Tras admitir que se ha cumplido con la legalidad reguladora de la actividad económico-financiera, denuncia el Síndico que no se produce la comparación de las solicitudes presentadas conforme a los criterios de valoración fijados en las bases y con el del crédito disponible en el periodo de solicitud.
Dice también que existen tantos órganos colegiados como órganos con competencia para resolver la convocatoria, que cada uno de ellos valora las solicitudes presentadas en su ámbito competencial y que aunque se efectúa –en general de manera homogénea, con unos mismos criterios técnicos para todos ellos– no llega a establecerse una comparación entre todas las solicitudes presentadas en la Comunidad Autónoma.
Alerta de igual modo el órgano que dirige Miguel Ángel Cabezas de Herrera de que no existe prelación de solicitudes, ya que todos los expedientes que se han fiscalizado en la muestra han percibido la ayuda.
DOCUMENTACIÓN INSUFICIENTE
Asimismo, determina que en la mayoría de los expedientes no consta certificado/declaración responsable de encontrarse al corriente por reintegro de subvenciones con anterioridad a la propuesta de Resolución de Concesión y que hay «deficiencias» en todos o algunos de los certificados que demuestran estar al corriente por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Dice que en algunos expedientes el beneficiario no ha justificado la subvención de forma completa, bien por falta de documentos de gasto, de pago o de ambos, y que en otras ocasiones se han admitido documentos que no son originales, ni copias compulsadas, lo que puede originar una justificación insuficiente.
Según la Sindicatura de Cuentas, en la mayoría de los expedientes el órgano gestor no efectúa ninguna actuación encaminada a la validación y estampillado de los justificantes del gasto subvencionado que permita el control de la concurrencia de subvenciones. Así, denuncia que se han aceptado justificantes de gasto que no contienen los requisitos exigidos en la normativa, lo que conlleva no poder establecer una relación «clara e indubitada» con la finalidad de la ayuda concedida ni comprobar que se corresponden con los precios de mercado.
En varios expedientes que resultaba necesario no se aporta en el procedimiento justificativo el documento que acredite el importe, procedencia y aplicación de los fondos propios, subvenciones u otros recursos utilizados para la financiación de las actividades.
Este organismo, aunque mantiene que se han cumplido con los principios contables públicos, alerta de que en varios de los casos analizados la Administración regional ha puesto en manos del beneficiario de la subvención un importe «muy superior» al que efectivamente se ha justificado, en lugar de disponer de dicha liquidez el propio organismo, si el pago se hubiera realizado una vez hecha la actividad.