Ha desestimado el recurso presentado por Greenpeace

El Tribunal Supremo ratifica la ubicación del ATC en la localidad de Villar de Cañas

La organización ecologista tiene que pagar las costas del recurso

El Tribunal Supremo ratifica la ubicación del ATC en la localidad de Villar de Cañas
Villar de Cañas. EP.

El Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2011 decidió ubicar el Almacén Temporal Centralizado (ATC) en Villar de Cañas

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por Greenpeace contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de diciembre de 2011 por el que se decidió que la ubicación del Almacén Temporal Centralizado (ATC) sería finalmente la localidad conquense de Villar de Cañas.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el fallo del Alto Tribunal impone además a la parte recurrente las costas de su recurso.

La Sala ha deliberado este recurso a la vez que el interpuesto por la misma asociación contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazaba otro recurso interpuesto por Greenpeace a la resolución de la Secretaría de Estado de energía de 2009 por la que se efectuó la convocatoria pública para la selección de municipios candidatos a albergar el ATC, que también ha sido desestimado.

En sus fundamentos de derecho, el Supremo explica que, si bien el acuerdo del Consejo de Ministros puede ser susceptible de control jurisdiccional, «no se puede decir que carezca de motivación, tal y como alega el demandante».

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