CONVOCATORIA ABIERTA HASTA DICIEMBRE DE 2017

Extremadura destina 83,4 millones para incentivar la inversión empresarial

Con esta normativa se aúnan cuatro líneas de ayuda a industrias y PYMES

Extremadura destina 83,4 millones para incentivar la inversión empresarial
Cristina Teniente Gobierno de Extremadura

El Consejo de Gobierno de Extremadura ha aprobado el 6 de octubre de 2014 un nuevo decreto de incentivos a la inversión empresarial y la convocatoria de los mismos, dotada con 83,4 millones de euros, dirigidos a apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las empresas ya existentes favoreciendo y promoviendo los proyectos de ampliación, modernización y traslados de éstas.

Esta nueva normativa aúna cuatro líneas de ayudas, en concreto, subvenciones por actividad -antes conocidas como incentivos industriales-, ayudas por financiación externa -la llamada línea PYME-, ayudas complementarias a los incentivos regionales que concede el Gobierno central y las nuevas ayudas para el relevo generacional.

Según ha explicado en rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno regional la vicepresidenta autonómica, Cristina Teniente, el Ejecutivo extremeño ha unificado en un solo decreto estas cuatro modalidades de ayudas para facilitar la gestión a las empresas, con un único expediente administrativo para las ayudas que son compatibles.

Se trata, según ha recalcado Teniente, de «ayudas muy importantes» y «de intensidad» para las empresas de la comunidad, «en la medida y a la medida de las reivindicaciones de los empresarios», y que «no sólo aportan financiación sino que eliminan costes, trabas y obstáculos administrativos y regulatorios que sólo desmotivan a veces a los empresarios».

CONVOCATORIA

Además, gracias a la reciente modificación de la Ley de Subvenciones, la convocatoria tendrá una vigencia superior a un año. En concreto, estará abierta durante más de tres años, desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura en los próximos días hasta diciembre de 2017.

De igual modo, ha destacado que la modificación de la Ley de Subvenciones permite también hacer un mayor aprovechamiento de estos fondos, que «no quedarán inmovilizados» y se irán consumiendo «en función de las necesidades reales». Así, se podrá atender un «mayor número» de proyectos con los créditos disponibles para estas medidas.

Podrán acogerse a estos incentivos los grandes proyectos de más de 5 millones de euros de inversión, que antes estaban excluidos de las ayudas. Estos proyectos tendrán cabida en la modalidad de ayudas complementarias a los incentivos regionales que concede el Estado. También podrán acogerse a las otras modalidades de ayudas.

MODALIDADES DE AYUDAS

En concreto, en cuanto a las subvenciones por actividad, alcanzarán un porcentaje del 38 por ciento sobre la inversión del proyecto, pudiendo alcanzar el 45 por ciento si se acoge también a las ayudas por financiación externa.

A su vez, podrá accederse a ayudas complementarias a la línea de incentivos regionales, que puede recibir una empresa que ya tuviese concedida una subvención del Estado por la Línea de Incentivos Regionales. La cuantía de la ayuda en este caso es de entre un 20 y un 30 por ciento sobre la inversión subvencionable.

De igual modo, en cuanto a las subvenciones por financiación externa, como principales novedades con respecto a la regulación anterior, dejan de ser una subsidiación de intereses para convertirse en una ayuda a fondo perdido y además se elimina gran parte de los requisitos que antes tenían que cumplir las operaciones financieras. La cuantía será un porcentaje determinado en función del plazo de amortización.

El porcentaje de la subvención se incrementará en tres puntos para los proyectos que sólo se acojan a esta modalidad.

 

RELEVO GENERACIONAL

Por su parte, las ayudas por relevo generacional, se otorgarán por primera vez en la región y están dirigidas a los emprendedores que adquieren una empresa en funcionamiento, cuyo titular quiere traspasar por motivos de jubilación, incapacidad total o fallecimiento.

La ayuda cubrirá gastos como la adquisición del inmueble, maquinaria y las nuevas inversiones que necesite acometer el emprendedor, con una cuantía que alcanzará un porcentaje de la inversión de entre el 20 por ciento y el 38 por ciento de la inversión, pudiendo llegar hasta el 45 por ciento si el proyecto se acoge también a la modalidad de subvenciones por financiación externa.

Finalmente, la modalidad de subvenciones por financiación externa es compatible con cualquiera de las otras modalidades. El resto son incompatibles entre ellas.

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