Cambios y ahorros a implementar en el IAE antes del 31 de Enero de 2016

El no tener bien gestionados los impuestos de IAE e IBI puede suponer a las empresas importantes pérdidas

Cambios y ahorros a implementar en el IAE antes del 31 de Enero de 2016
IAE

Las liquidaciones complementarias emitidas por los Ayuntamientos y las sanciones derivadas de los procedimientos de inspección se encuentran sobredimensionadas

Alma Consulting Group y Lowendalmasaï consultoras recientemente fusionadas dedicadas a la optimización de costes, advierten a las empresas de los cambios y ahorros que pueden implementar en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) antes del 31 de enero de 2016. En la actualidad, los impuestos y tasas locales suponen una mayor carga fiscal para las empresas y contribuyentes, viendo en ello un coste directo poco predecible, que merma su capacidad de inversión y liquidez financiera. La complejidad del cálculo de estas bases imponibles y cuotas tributarias hace que la mayoría de empresas las den por buenas, y no se cuestionen siquiera la posibilidad de que puedan estar tributando por encima incluso del doble de lo que realmente les corresponde.

Así por ejemplo, en el IAE, impuesto de titularidad estatal cuyas cuotas nacionales, provinciales y municipales de exacción obligatoria que graba el ejercicio de una actividad económica, para las cuotas municipales se emplean elementos, coeficientes y recargos para hacer el cálculo del tributo. Uno de ellos es el Coeficiente de Situación. La aplicación de este coeficiente es de carácter potestativo para los Ayuntamientos, y aquellos que lo establezcan deberán aprobar una ordenanza fiscal que regule una escala de coeficientes que pondere la situación física del local dentro del municipio, siendo necesario para ello que pueda distinguirse más de una categoría fiscal de calle. A través del Coeficiente de Situación, el Ayuntamiento fija la fiscalidad de las actividades económicas en función de la ubicación que tienen las empresas en las diferentes calles del municipio. Su establecimiento está sujeto a determinadas limitaciones: no podrá ser inferior a 0,4 ni superior a 3,8. Para aplicarse, el número de categoría de calles no podrá ser inferior a dos ni superior a nueve y la diferencia del valor del coeficiente atribuido a una calle con respecto al atribuido a la categoría superior o inferior, no podrá ser menor de 0,10.

Luís Mario Bahón, Responsable de IAE, ha manifestado en relación al Coeficiente de Situación y la asignación de categorías de calle, que «se está produciendo una delegación de la competencia Inspectora a las Entidades Locales, quienes a su vez contratan para llevarlo a cabo, a empresas especializadas en el ámbito Inspector. Estas compañías se llevan un porcentaje de lo que recaudan para el Ayuntamiento, y en muchos casos, las liquidaciones complementarias que emiten están sobre dimensionadas así como las sanciones».

Las empresas han de saber que la categoría de la calle tiene que venir sustentada por un informe técnico en el que se explique por qué una calle tiene que pagar más que otra. «Nos estamos encontrando -prosiguió Bahón- que los municipios no están realizando correctamente esta clasificación, y al carecer de sustentación técnica, nos vemos obligados a recurrir. Como la Administración es juez y parte en esta cuestión, no suelen cambiar la clasificación, con lo que para su correcta resolución tenemos que acudir a la jurisdicción Contenciosa administrativa».

Para que las empresas puedan abordar con éxito la optimización del IAE, Alma Consulting Group y Lowendalmasaï realizan el estudio técnico del inmueble donde se realizan las actividades económicas, así como aquellas que no se encuentran asociadas a un local, analizando los elementos tributarios (superficies, potencias, etc.) y parámetros que influyen en la determinación de la cuota del impuesto, fijando cuál es la cantidad correcta a pagar y elementos tributarios a tener en cuenta para ello. El resultado es una memoria técnica justificativa de las modificaciones, bajas o altas que se proponen, dando asistencia técnica a las empresas en caso de Inspección. De esta forma, sólo pagan el IAE de la actividad económica real que desarrollan, redundando a su vez en la mejora de otros tributos locales como: licencias, tasas de recogida de residuos urbanos, etc.

Tan sólo con echar un vistazo a las cifras que Ayuntamientos como el de Zaragoza o Madrid han hecho públicas recientemente sobre su intención de subir a las empresas los impuestos, éstas deberían tomar conciencia de lo importante que es manejar correctamente los tributos de IAE e IBI. El Ayuntamiento de Zaragoza pretende ingresar alrededor de 3 millones de euros por IAE. Centros comerciales y sociedades que facturen más de 1 millón de euros van a ser los más afectados por este incremento de la presión fiscal. El Ayuntamiento de Madrid por su parte, también quiere incrementar el IAE a los locales comerciales un 7,8% o un 10%, en función de los precios de la calle donde estén ubicados. Para ello, dividirá las calles en nueve categorías, siendo la 1 la de las vías más caras y la 9 la de las más bajas. El IAE de 2016 subiría para los viales de categoría 2 un 7,8% y para los de categoría 3 a 9 un 10%; el coeficiente de la categoría 1 quedaría igual al estar en el máximo permitido por la Ley reguladora de Haciendas Locales, que es un 3,8%. Con esta propuesta de incrementar los coeficientes de situación de las categorías de calles 2 a 9 del IAE, el aumento de la recaudación estimada es de 6,4 millones de euros.

En cuanto a cómo optimizar las sobreimposiciones fiscales en el IBI, Emilio García, Director del Departamento de Optimización de Impuestos Locales, destaca que en España son pocas las empresas que analizan si el valor catastral de sus inmuebles coinciden con el valor catastral real de los mismos, y bastantes menos las que saben que es recurrible. Se estima que las sobreimposiciones fiscales en el IBI que sufren las empresas, asciende a un 65% de su patrimonio inmobiliario y que las desviaciones engrosan la carga impositiva, al ser el valor catastral la base imponible de impuestos indirectos como el IBI, las plusvalías y la tasa de basura. Sólo el IBI puede suponerle a una empresa patrimonialista más del 40% de los costes de un inmueble. Revisando si el valor catastral de sus inmuebles coincide con el valor catastral real, puede ahorrarse entre un 10% y un 15% de todos los impuestos que tienen como referencia el IBI, además del ahorro recurrente que puede obtenerse durante el resto del ciclo de vida del valor catastral.

Cuando las discrepancias de valoración catastral surgen, es vital que las empresas acudan a especialistas que les ayuden a detectar una desviación entre el valor catastral asignado y el real, y recalcularlo para asegurar que los activos se han valorado correctamente. Este servicio abarca desde la recogida y análisis de la información, hasta el seguimiento del recurso, pasando por el estudio de viabilidad, en el que se analiza e identifica el ahorro potencial en base al cálculo del valor catastral real. Únicamente a través de un valor catastral correcto, las empresas conseguirán una carga impositiva justa y un ahorro inmediato y recurrente. Una vez aprobado el recurso, el nuevo valor catastral será válido durante los próximos 10 años.

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