font-family: "Verdana","sans-serif"; color: #333333;">La Orden de 6 de abril de 2016, por la que se convocan ayudas a la suscripción de pólizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas de Castilla y León, tiene como finalidad convocar las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a la suscripción de pólizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos de las especies vacuna, ovina/caprina, porcina, equina, aviar y cunícola.
El presupuesto disponible es 950.000 euros y los beneficiarios son los titulares de explotaciones ganaderas de Castilla y León cuya dedicación principal sea la actividad agraria que hayan suscrito una póliza de seguro de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación al amparo del Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados del año 2014 en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2014 y el 31 de mayo de 2015, por un valor del importe neto superior a 150 euros.
Los requisitos fundamentales para poder acogerse a estas ayudas son ser agricultor a título principal (ATP) o, en el caso de personas jurídicas, tener como objeto social principal la actividad agraria, estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, haber realizado la actualización censal correspondiente entre el 1 de enero y el 28 febrero de 2015 y no haber sido sancionado en firme en materia de identificación, sanidad o bienestar animal.
Se subvencionarán el vacuno de leche un 25 % y si se pertenece a una Organización de Productores será de un 30 %, mientras que el resto de carne y cebo industrial, un 15 %; el porcino con un 30 % y 35 % si se pertenece a una Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS); al ovino y caprino con hasta un 15 %, mismo porcentaje para el equino y las aves, y el sector cunícola un 25 %.
En cualquier caso, no se podrá subvencionar más del 40 % del coste neto de la póliza, excepto en vacuno de leche en cuyo caso el máximo será del 50 % de la póliza, no realizándose en ningún caso pagos inferiores a 50 euros.