Condenados a dos años de cárcel los directivos que se llevaron indemnizaciones multimillonarias

La Audiencia Nacional toma la inédita decisión de mandar a prisión a la antigua cúpula de Novacaixagalicia

La orden de detención va destinada a cinco dirigentes, incluidos el expresidente, Julio Fernández Gayoso y el ex director general José Luis Pego

La Audiencia Nacional toma la inédita decisión de mandar a prisión a la antigua cúpula de Novacaixagalicia
La antigua cúpula de Novacaixagalicia: Mauro Varela, Julio Fernández Gayoso, Javier de Paredes y José Luis Pego. NV

Es la primera vez que la Audiencia Nacional ordena el ingreso en la cárcel de exbanqueros condenados por la gestión de las cajas

La orden de detención va destinada a cinco dirigentes, incluidos el expresidente, Julio Fernández Gayoso y el ex director general José Luis Pego. Es la primera vez que la Audiencia Nacional ordena el ingreso en la cárcel de exbanqueros condenados por la gestión de las cajas.

La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la suspensión de condena que se suele aplicar en la mayoría de casos en lo que los condenados no tienen antecedentes penales. Además, para acordar el ingreso en prisión la Audiencia ha tenido en cuenta también que los condenados no han devuelto el dinero que se fijó en sentencia y que tienen todavía causas pendientes con la justicia. 

Los condenados son, además de Fernández Gayoso y Pego, Gregorio Gorriarán Laza y Óscar Rodríguez Estrada, que junto a Pego se prepararon las prejubilaciones millonarias ante la previsión de que la entidad iba a prescindir de sus servicios de forma inminente. Por su parte, Julio Fernández Gayoso y el asesor jurídico Ricardo Pradas Montilla.

Los acusados fueron condenados a dos años de prisión y multa de diez meses con una cuota diaria de 250 euros por la Audiencia Nacional. Pego, Gorriarán y Rodríguez Estrada fueron considerados culpables de dos delitos: administración desleal en concurso de leyes y apropiación indebida en su modalidad de gestión desleal. Gayoso y Pradas fueron condenados como cooperadores necesarios.

La decisión de la Audiencia llega después de que el Tribunal Supremo confirmara las penas. El propio alto tribunal considera esas penas «exiguas», pero pudo incrementarlas porque ninguna parte las cuestionó al alza.

La «llamativa lenidad» de las penas, para el Supremo, se deriva de que la suma de dinero apropiada superó de forma extraordinaria los 50.000 euros que el Código Penal fija como subtipo agravado del delito, ya que Pego mejoró su contrato en 7 millones de euros, Gorriarán en 4 millones, y Rodríguez Estrada en 225.400 euros.

A ello hay que sumar que los dos primeros intervinieron en la administración de Caixa Nova, que había quedado en serias dificultades de viabilidad y práctica insolvencia, de modo que para hacer viable la fusión bancaria en la que se incluyó el FROB tuvo que aportar más de 9.000 millones de euros del erario público.

En el momento de aprobarse estos contratos se había iniciado ya el proceso de fusión bancaria que dio lugar a dicha entidad y se habían reclamado 1.162 millones de euros al FROB para superar la situación de inviabilidad de las dos cajas que iban a fusionarse (Caixa Nova y Caixa Galicia).

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído