El gobierno quiere imponer la identificación obligatoria

Dinamarca obligará a navegar por internet ‘con el carné de identidad en la boca’

Dinamarca obligará a navegar por internet 'con el carné de identidad en la boca'
El ordenador. PD

El Gobierno de Dinamarca quiere que los daneses se identifiquen a la hora de conectarse a Internet. El Ministerio de Justicia está elaborando una propuesta por la que los proveedores de servicio deberán proporcionar una identificación a los usuarios para conectarse a Internet para, según el Ejecutivo, así poder intervenir en caso de delito.

Hasta ahora es muy habitual utilizar las direcciones IP para tratar de vincular una actividad ilegal con un usuario. Sin embargo, se trata de una prueba circunstancial por lo que una dirección podría ser usada por cualquier persona. Según ha informado la edición danesa de ComputerWorld, la propuesta de Dinamarca se aplicaría en todas las redes pero está pensada sobre todo para aquellas que son de uso abierto, como en los cibercafés o bibliotecas.

De esta manera, el usuario introduciría su identificación para conectarse y así poder controlarle en caso de cometer algún delito. La idea principal es que los servicios de inteligencia de la policía utilicen este tipo de información para casos de terrorismo, principalmente.

Por el momento no se ha establecido la forma por la que cada usuario tendrá acceso Internet. El Ministerio de Justicia ha mencionado varias posibilidades de identificación como un código personal, a través de la firma electrónica o mediante SMS. El principal requisito es que un usuario de la red «no tendrá acceso a Internet hasta que la información sobre su identidad sea registrada y verificada», asegura el ministerio.

El pasado mes de febrero, un juez de la Corte Superior de Justicia británica criticó el sistema de identificación de usuarios a la hora de emitir denuncias por compartir archivos ilegales. El juez Colin Birss señaló que la identificación de una dirección IP no supone obligatoriamente que sea un usuario concreto el que ha cometido la infracción.

«La identificación de una dirección IP que ha participado en una infracción no indica que la persona identificada deba estar implicada», aseguró el juez Briss.

El juez sustenta sus argumentos explicando que la IP solamente da la información sobre desde que equipo o conexión se ha realizado el intercambio ilegal. «¿Qué pasa si el demandado autoriza a otra persona a utilizar su conexión a Internet y el usuario autorizado vulnera los derechos de autor?», indicó el juez.

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Autor

Antonio Chinchetru

Licenciado en Periodismo y tiene la acreditación de suficiencia investigadora (actual DEA) en Sociología y Opinión Pública

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