La Sección 1 de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que presentó Televisión Española por la sanción quu le había puesto la CNMC y obliga a la corporación a pagar una multa 219.342 euros por emitir publicidad encubierta de la marca de vinos ‘Bodegas González Byass’ y de sus productos ‘Tío Pepe’, ‘Viña AB’, ‘Alfonso’, ‘Noé’ y ‘Beronia’ en el programa Masterchef.
La sentencia, de la que se hace eco OKDIARIO, expone que la presencia de las bodegas en el programa de cocina emitido desde Jerez el día 18 de mayo de 2016 tiene un claro «propósito publicitario», y concluye que durante un periodo de 305 segundos se incita al consumo del producto.
Además, considera que esta publicidad encubierta induce al público a error puesto que no se identifica en ningún momento que se trate de un anuncio, algo que también sería sancionado ya que en 2009 el Gobierno suprimió la publicidad en en el Ente Público, sino que se emite bajo la apariencia de un contenido informativo dentro del talent de cocina que produce Shine Iberia para RTVE
Por ello concluye que RTVE es la responsable única del contenido emitido acusa de cometer una infracción administrativa continuada de carácter grave del artículo 58.8 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
Finalmente la Sala declara que la sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es proporcionada dado que la cantidad impuesta – 219.342 euros- se sitúa dentro de la banda baja de la sanción legalmente prevista (entre 100.000 y 500.000 euros).

