(o “El Alcalde de Pinto, ¡qué solidario y sucinto!”).
Con motivo de la chirigota de ayer, le están llegando a mi señoría mensajes abracadabrantes. Unos le (me) tildan de retro, otros de progre y otros de … qué sé yo. Por eso, a ver si nos aclaramos. Partamos de la base de que hasta los más indigentes, desde el punto de vista intelectual, de vuesarcedes saben qué es y qué no es la “presunción de inocencia” y cómo está protegida hasta por la Constitución. No se refiere el sintagma a la primera acepción del DRAE, que dice: ”1. f. Acción y efecto de presumir”. No, a esa acepción, no. A la siguiente, sí. Hela aquí: “2. f. Der. Hecho que la ley tiene por cierto sin necesidad de que sea probado”.
Dicho vulgarmente, la “presunción de inocencia” es que, por ejemplo o verbi gratia, el alcalde de Pinto, don Juan José Martín, es inocente; es decir, mientras no se demuestre lo contrario, está libre de culpa. O sea, que “very well”, Manuel (en este caso, Juanjo). Vale pues. Pero si van “los media” (o mejor dicho, algunos “media”) y difunden que el mencionado edil ha dicho, a propósito de un comentario acerca de la reciente subida de impuestos, aquesta frase: “Lo de la subida de la gasolina, me da igual. Yo tengo coche oficial; y el resto, que se jodan”, ¡ah!, entonces la cosa cambia, porque la jodienda que preconiza el reiteradamente citado munícipe no es “una demanda social”, sino un deseo que el susodicho servidor del pueblo manifiesta en nombre de un colectivo que puede o no apetecerle o estar ahíto de una autocomplacencia sexual de la índole que él recomienda y, por ende, no estar dispuesto a seguir su deshonesta recomendación u orden. Después de lo cual, ¿es inocente el señor Alcalde en cuestión?
Bueno, mi señoría se niega a continuar, porque lo que les iba a decir es que la “presunción de inocencia” es la versión legal de considerar que “to er mundo es bueno” y que a juicio de este escribidor ha de ser sustituida por la “presunción de indecencia”, o sea, que mientras no se demuestre lo contrario, “to e r mundo es peor”. Y a veces, aunque se demuestre lo contrario. Esto último, la “presunción de indecencia” es lo que mi señoría sapientísima cree que debe sustituir, en la Constitución vigente, a la dicha “presunción de inocencia” . ¿Está claro?
Y en cuanto a la práctica de acciones de crápula sexual casi «onanísticas» a que nos incita el ultramencionado munícipe, mi discreta señoría le recomienda que nos deje en “peace” (léase “pis”) , porque de persistir en su idea, corre el riesgo de que tanto vuesarcedes como éste que lo es, autor de la presente cuchufleta, le mandemos a él a tomar por … donde amargan los pepinos. ¿O no?
19-06-2009.
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