Poca gente sabe q ante determinadas prácticas de la Agencia una Queja BIEN HECHA al CDC produce unos efectos razonablemente positivos para «desencallar» ciertas «situaciones». Esta es una historia real que he rememorado a raíz de ver el cuadro de J. Collier sobre la leyenda.
Y es q se cuenta q Lady Godiva era la esposa del Conde Leofric de Chester, el cual, allá por la Inglaterra del S. XI, freía a impuestos a sus vasallos y lugareños, como nunca antes se había visto en la nobleza anglosajona. Ante tal panorama, la condesa logró convencer a su confiscatorio marido para q apretara menos a sus súbditos, pero con la condición de q ella se paseara desnuda a caballo por el pueblo, sufriendo la correspondiente humillación pública. Ella aceptó valerosa, y pidió el recogimiento del pueblo para no ser contemplada y humillada. Ambas partes ganaban.
El plan discurrió según lo previsto con la leve excepción del sastre Tom, q se atrevió a mirar por la ventana quedándose ciego finalmente, según la leyenda («Peeping Tom», el «voyeur»).
Pues bien, esta batallita viene a colación del apartado f) del artículo 9.1 Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre (regulador del Consejo de Defensa del Contribuyente) que se introdujo por reforma con vigencia en 2018. Este apartado establece como causa de inadmisión de una queja «Cuando impliquen la utilización de palabras ofensivas, insultos o falten al debido respeto al CDC, a sus miembros, a la Administración tributaria o a sus funcionarios o, en general, a los intereses públicos». Pues bien, mi amigo «XS» vio perdida una oportunidad claramente favorable a sus intereses por utilizar en su escrito de queja adjetivos tan cariñosos como «hijos de puta»; «Los inspectores son todos unos golfos» etc…
Un «peeping Tom» de Manual, aunque seguro que se habrá quedado a gusto, el bueno de XS.
Decía el cineasta francés M. Audiard que los impuestos eran como las imprudencias, al final se terminaban pagando, sí o sí.
En fin.
A cuidarse, meus.
PgV
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