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Al año de legalizar la pena de muerte en España.

Rufino Soriano Tena 28 Jul 2012 - 13:43 CET
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(o “Matar a los críos antes de nacer”).

(Reedición. Este post se difundió el día 5 de julio del pasado año, 2011, ergo actualizándolo, el título debería ser «A los dos años de…». Lo mismo acontece con otra serie de datos que mi señoría confía en que vuesarcedes sabrán ponerlos al día).

El viernes, día 5 de marzo de 2.010 se publicaba, en el BOE, la llamada Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, con lo que su entrada en vigor tuvo lugar a los cuatro meses, a partir del día siguiente a su publicación, es decir, el 5 de julio de 2010. Hoy hace, pues, un año de que en España ya hay pena de muerte a la que, para mayor escarnio, quien condena al reo es su propia madre; el padre ni siquiera tiene que participar en el monstruoso fallo.

Ni vuesarcedes, ni mi señoría conocemos las siniestras estadísticas de lo que haya ocurrido, durante este año, en este ámbito. Es decir, cuántas ejecuciones se han llevado a cabo y, de ellas, cuántas han sido condenadas por madres cuya edad era menor de los 16 años y que han ordenado el crimen sin tan siquiera consultar previamente a sus propios padres ni, por supuesto, a los padres del padre del condenado a la última pena.

Los españoles no nos merecemos un Gobierno que nos mienta (Pérez dixit). Y cuando no nos informa de actos como los de referencia, nos está ocultando la verdad, sutil manera de mentir.

Mi señoría va a limitarse hoy a reproducir la parleta que colgó en Libertad digital al día siguiente del que eso que llaman Senado aprobó el texto legal que luego publicó el Boletín Oficial del Estado. Y lo que entonces escribió y ahora mantiene fue lo siguiente:

No, a esa “Ley de Salud Sexual…”

(o “¿Y el padre no ha de autorizar el crimen?”).
La habitual chirigota casi diaria que emperejila mi señoría en este blog se torna hoy en un lamento siniestro y en unas ansias de recabar fuerzas de donde las haya para impedir que prospere, con su publicación en el BOE, esa Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, a la que dio luz verde, en el día de ayer, eso que llaman Senado , ley que va a permitir que, de aquí a unos cuatro meses, las madres gestantes puedan asesinar libremente a sus hijos, si éstos no llevan aún en sus respectivas entrañas entre catorce y, en otros casos, hasta 22 semanas. Demencial. Y luego dicen que aquí no hay pena de muerte… ¿Eso qué es, si no?

Uno no tiene que manifestar de nuevo (ahora soslayo la frecuente ironía de la que hago gala en estas cuchufletas mías) su repulsa más tajante al aborto (cfr. “Mi señoría se suma a la manifestación contra el aborto” y “Trámites para legalizar la pena de muerte del nasciturus”), ni tampoco dejar patente que la señora o señorita Aído, doña Bibiana, no es de las que están en el pabellón de mis heroínas, aunque le haya dedicado varias de las más de ochocientas chirigotas que llevo «colgadas» en este blog. A guisa de ejemplo, para quienes no las leyeron en su momento, “pinchen”, si gustan, en “Para que los miembros no agredan a las ´miembras´” o en “El ministerio de Igualdad y su teléfono ´calma-fieras´” o en “El ministerio de Igualdad no es de ´igual-da´” o, más recientes, en “¿El ministerio de Igualdad es el que más pasta da?” o en “Escasas ayudas estatales”, etc., etc.

Pero, aparte de mi oposición total al aborto y mi escasa simpatía por la ministra que ha llevado a cabo la elaboración y defensa de la Ley que nos ocupa y, sobre todo, nos preocupa, lo que sí quiere traer a colación mi señoría es la idea de que la mujer no se queda preñada sola (salvo en la fecundación in vitro, que tampoco), sino que necesita de la cooperación de un varón. Por tanto, la criatura concebida es de los dos. Y uno se pregunta por qué la voluntad de éste, es decir, del varón no interviene nada, según esa Ley, en la toma de la eventual decisión de asesinar o no al «nasciturus». Y es que, a propósito de esto, se me contaba últimamente cómo, en una disputa conyugal que tenía lugar en un Juzgado, acerca de a quién correspondía la tutela de un hijo, el padre recurrió a un símil (vejatorio, en efecto, para la madre, por lo que mi señoría pide todo tipo de disculpas a las señoras, que de máquinas, nada, porque de ordinario son más inteligentes que nosotros, mal que nos pese), pero que a él le parecía una comparación bastante convincente. Y era ésta: cuando uno echa unas monedas en una máquina de latas de refrescos y el artilugio en cuestión libera la lata que sea, ¿a quién pertenece ésta? Sin duda, al que depositó las monedas. Ergo… ¿O no?

25-02-2010.

Rufino Soriano Tena

Licenciado en Ciencias Químicas por la Universidad de Granada y Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Comillas (ICADE) de Madrid

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