El Arzobispado de Madrid ha informado hoy de la supresión de todas las tasas judiciales en el Tribunal Eclesiástico de Madrid en el proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio.
Según se ha informado en una nota de prensa, al término de la misa oficiada en la catedral de La Almudena con motivo de la Inmaculada Concepción, el arzobispo de Madrid, Carlos Osoro, ha leído el decreto por el que se aplica el «motu proprio» (documento papal) llamado «Mitis Iudex Dominus Iesus», en el que se explica la reforma para las causas de declaración de nulidad matrimonial en el código de derecho canónico.
En el texto, firmado hoy, se dispone la supresión de todas las tasas judiciales en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid, que ofrecerá la posibilidad de estar asistido en el proceso gratuitamente por un abogado.
No obstante, quienes prefieran la asistencia particular de otro abogado «podrán hacerlo libremente, ateniéndose a las prescripciones vigentes» en el referido tribunal.
Así, para que los abogados particulares sean admitidos en el proceso «deberán estar incluidos en el elenco de letrados del Tribunal» y «estar en posesión de una adecuada formación en Derecho Canónico, debidamente acreditada, preferentemente licenciatura o doctorado en Derecho Canónico».
Además, sus emolumentos «no deberían ser superiores a 2.500 euros en el proceso ordinario y 1.000 euros en el proceso más breve».
Decreto de aplicación de Mitis Iudex Dominus Iesus
Esta mañana, al finalizar la Misa con motivo de la Inmaculada Concepción en la catedral, el arzobispo de Madrid, monseñor Carlos Osoro, ha leído el decreto por el que se aplica el motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio. En el texto, firmado hoy mismo y disponible en este enlace, el arzobispo de Madrid dispone:
1. La supresión de todas las tasas judiciales en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid.
2. Con el fin de colaborar al sostenimiento de la Iglesia, se invitará a todos los cristianos y a quienes utilicen este servicio pastoral a ofrecer un donativo en la medida de sus posibilidades.
3. El Tribunal Eclesiástico Metropolitano ofrecerá a todos la posibilidad de estar asistido en el proceso gratuitamente por un abogado.
4. Quienes, no obstante, prefieran la asistencia particular de otro abogado, podrán hacerlo libremente, ateniéndose a las prescripciones vigentes en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid.
5. Estos abogados particulares, para ser admitidos en el proceso, deberán estar incluidos en el elenco de letrados del Tribunal, estar en posesión de una adecuada formación en Derecho Canónico, debidamente acreditada, preferentemente licenciatura o doctorado en Derecho Canónico, y sus emolumentos no deberían ser superiores a 2.500 € en el proceso ordinario y 1.000 € en el proceso más breve.
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