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Sentancia del Supremo olbiga a la Comunidad de Madrid

Los profesores de religión tienen los mismos derechos que demás docentes

Madrid debe equipararlos en beneficios sociales y laborales

27 Dic 2012 - 18:15 CET
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La Comunidad de Madrid debe equiparar en beneficios sociales y laborales a los profesores de religión con los de los demás funcionarios docentes y cumplir así lo acordado con los sindicatos de la enseñanza pública en 2004, según ha dictado el Tribunal Supremo (TS).

En una sentencia de la Sala de lo Social, el Supremo ha desestimado el recurso planteado por la Comunidad madrileña en contra del fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de marzo 2011, cuando dio la razón a los sindicatos de la enseñanza de la región (CCOO, UGT, CSi-CSIF, CSIT, CGT, USO, ANPE y USIT-EP) sobre este conflicto colectivo.

El tribunal madrileño acordó que la Consejería de Educación madrileña debería distribuir para el curso escolar 2009/2010 la cantidad de 83.024 euros entre los profesores de religión en concepto de ayudas de formación, para cursar estudios de enseñanzas en régimen especial y para la matriculación en centros públicos, y ahora el Supremo avala dicha decisión.

En la sentencia del TS, fechada el pasado día 5 y de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey, sostiene que el TSJM acertó en su día en cuanto a la competencia de la jurisdicción social sobre la demanda presentada por los sindicatos en contra de la Comunidad.

Además, el Supremo afirma que el recurso de casación de la Comunidad de Madrid se debe desestimar porque no se ha basado en un «motivo de violación legal o jurisprudencial» como dicta la ley, y en su escrito no se ha concretado la infracción de ley o doctrina legal que se imputa a la sentencia del TSJM impugnada. (RD/Agencias)

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