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Se ahorra un montante de 6.676 millones de euros

La Iglesia, exenta de pagar el IBI de 2.159 inmuebles en Andalucía

Sevilla registró la mayor cuota íntegra (176.184 millones de euros por 457.049 fincas)

25 Nov 2013 - 16:52 CET
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Un informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre el IBI en las capitales de provincia recoge que la Iglesia católica tiene 2.159 inmuebles que no tributan, con una cuota íntegra de 6.676 millones de euros, y que otras confesiones tienen 99 fincas exentas, con una cuota de 506 millones.

Dicho informe, al que ha tenido acceso Efe, analiza los derechos pendientes de cobro y destaca que Granada (9 %), Cádiz (10 %) y Huelva y Jaén (14 %) «presentan grados de recaudación bastante bajos» y aconseja tomar medidas para atajarlo.

También dice que varios Ayuntamientos tienen «bastantes supuestos de exenciones que no aparecen debidamente clasificadas», en especial de sus propios inmuebles, y «solamente los Ayuntamientos de Córdoba, Granada y Málaga registran adecuadamente los ingresos por IBI».

La Cámara de Cuentas ha analizado el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que cobraron en 2011 las ocho capitales de provincia andaluzas, entre las que Sevilla registró la mayor cuota íntegra (176.184 millones de euros por 457.049 fincas), seguida de Málaga con 153.438 millones de euros por 384.464 fincas.

Almería registró una cuota de 52.193 millones por 165.434 fincas, Cádiz de 34.622 millones de euros por 73.459 inmuebles, y Córdoba contabilizó una cuota íntegra de 66.129 millones de euros por 238.705 fincas.

La cuota íntegra de Granada fue de 71.977 millones por 221.012 fincas, la de Huelva alcanzó 33.595 millones por 110.018 inmuebles y Jaén contabilizó 22.647 millones de euros por 112.108 propiedades.

La información de los municipios de Almería, Granada, Huelva y Jaén «debe ser considerada con suma cautela, pues se han detectado bastantes supuestos de exenciones que no aparecen debidamente clasificadas«, según el informe.

La Cámara de Cuentas aconseja a las entidades municipales que «efectúen un esfuerzo para catalogar adecuadamente en sus sistemas informáticos de gestión los distintos supuestos de no sujeción, así como las exenciones del impuesto».

Otras anomalías se refieren a que en Huelva, Jaén y en determinados casos en Sevilla, los inmuebles del Ayuntamiento «se incluyen en las listas cobratorias y con posterioridad les dan de baja por confusión, al coincidir los sujetos de la relación jurídica tributaria». (RD/Efe)

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