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400.000 madrileños no podrán seguir usando sus coches el 1 de enero de 2026. Ese día finaliza la moratoria para poder circular por la ciudad a los coches de los propios residentes.
La historia de las restricciones al tráfico en Madrid no es nueva, pero sí lo es la dimensión de la salvaje prohibición que se avecina. Hasta ahora, los coches sin distintivo ambiental (clasificación A de la DGT), es decir, los más antiguos —matriculados antes del año 2000 en gasolina y 2006 en diésel— podían circular por la ciudad si pertenecían a residentes empadronados. El Ayuntamiento, tras varias prórrogas y periodos de aviso, ha fijado el 1 de enero de 2026 como la fecha definitiva para el fin de esta excepción.
- Desde 2022: prohibido circular sin etiqueta por la M-30, salvo empadronados.
- Desde 2024: la restricción se extiende a todo el municipio, pero solo con sanciones para no residentes.
- Desde 2025: previsto el inicio de multas a residentes, pero se concede una moratoria de 12 meses.
- Desde 2026: todos los coches sin etiqueta, incluidos los de residentes, quedan fuera de circulación bajo multa de 200 euros por infracción.
¿Quiénes están afectados?
La cifra de afectados directos no ha parado de generar debate. Frente a estimaciones iniciales que hablaban de más de un millón de vehículos, los datos depurados indican que cerca de 400.000 madrileños empadronados serán los principales perjudicados por la nueva normativa. A ellos se suman los autónomos, transportistas y conductores profesionales que dependen de vehículos antiguos para poder trabajar y que también se ven perjudicados por esta prohibición.
El impacto es especialmente notable en los barrios periféricos y en las zonas con menor renta, donde la edad media del parque automovilístico es más alta y la capacidad de adquirir un vehículo nuevo o seminuevo, es prácticamente nula.
¿Qué coches no podrán entrar?
La prohibición afecta a:
- Turismos y todoterrenos sin etiqueta ambiental (clasificación A de la DGT), es decir, los matriculados antes del año 2000 (gasolina) o 2006 (diésel).
- Vehículos comerciales ligeros y furgonetas sin distintivo.
- Motocicletas y ciclomotores anteriores a 2003.
Quedan exentos:
- Vehículos históricos con matrícula específica.
- Vehículos adaptados a personas con movilidad reducida.
- Servicios esenciales (ambulancias, policía, bomberos).
| Tipo de vehículo | ¿Puede entrar a partir de 2026? |
|---|---|
| Sin etiqueta (gasolina <2000, diésel <2006) | NO |
| Etiqueta B, C, ECO o Cero | SÍ |
| Histórico (matrícula específica) | SÍ |
| Adaptados PMR, servicios esenciales | SÍ |
Madrid 360, declarado ilegal por la Justicia
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en septiembre de 2024 la ordenanza de 2021 del Ayuntamiento de Madrid sobre las zonas de bajas emisiones. La Justicia declaró ilegales, en concreto, todo el ámbito de las conocidas como ZBE «en todo el municipio», incluyendo también la del Distrito Centro y la de Plaza Elíptica. El consistorio lo ha recurrido ante el Tribunal Supremo y mientras se resuelve, ha decidido seguir multando a los conductores. Si el Tribunal Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, el Ayuntamiento de Almeida se verá obligado a devolver el importe de todas las multas que haya cobrado de los conductores por acceder a las ZBE’s.
El Tribunal Supremo ya anuló la ZBE de Barcelona
En Noviembre de 2023, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y anuló la Zona de Bajas Emisiones de la Ciudad Condal por detectar graves problemas en la normativa:
- Falta de informes justificativos: El TSJC y el Supremo consideraron que la ordenanza de 2019, que regulaba la ZBE, carecía de informes suficientes que avalaran las restricciones impuestas, incumpliendo los requisitos de motivación y justificación necesarios para su aprobación.
- Exceso en el ámbito geográfico: La extensión de la ZBE se consideró desproporcionada, abarcando un área mayor a la necesaria sin una justificación adecuada.
- Restricciones excesivas a vehículos: Las limitaciones a ciertos tipos de vehículos fueron vistas como demasiado restrictivas, afectando especialmente a aquellos sin distintivo ambiental
- Impacto discriminatorio: La normativa incidía de manera desproporcionada en colectivos con menor capacidad económica, como autónomos, microempresas, pymes y familias numerosas, al dificultar la renovación de vehículos para cumplir con las restricciones.
- Deficiencias en la elaboración: El proceso de aprobación de la ordenanza presentó carencias formales, como la falta de análisis de alternativas, evaluación de consecuencias económicas y sociales, y motivación suficiente sobre la necesidad de la norma.
Alternativas y futuro para los afectados
Diversos grupos han reclamado al Ayuntamiento y al Tribunal Superior de Justicia de Madrid una revisión del impacto real de la ordenanza, alegando falta de informes previos y un posible perjuicio a miles de familias y autónomos. De momento, la moratoria para empadronados ha servido de colchón temporal, pero la cuenta atrás ya ha comenzado.
Algunos colectivos han pedido que se amplíen las excepciones, sobre todo para vehículos clásicos que no cumplen los requisitos de matrícula histórica o para autónomos de mayor edad. Sin embargo, el consistorio mantiene la hoja de ruta, respaldado por los datos de calidad del aire y con la excusa de las normativas de la Unión Europea. Y es que Bruselas no obliga a prohibir la circulación de ningún tipo de coche ni a crear siquiera las Zonas de Bajas Emisiones. Europa sólo establece unos valores en la composición del aire de las ciudades y luego cada área metropolitana habilita las políticas que considere para cumplir esos estándares.
Ante el inminente veto, los propietarios de coches sin etiqueta tienen varias opciones:
- Vender o dar de baja el vehículo antes de 2026.
- Si tienen dinero, adquirir un coche con etiqueta B, C, ECO o Cero, ya sea nuevo o de segunda mano.
- Solicitar la clasificación como histórico si el vehículo cumple los requisitos técnicos y de antigüedad.
- En el caso de autónomos y pequeñas empresas, acceder a ayudas públicas para la renovación de flotas, aunque estas subvenciones no siempre cubren la totalidad del coste y los plazos son limitados.
El Ayuntamiento ha abierto líneas de información y asesoramiento, pero persiste la incertidumbre sobre la capacidad real de los afectados para adaptarse al nuevo escenario, especialmente en un contexto de inflación y subida de tipos de interés que encarece la financiación de vehículos nuevos.
Coches antiguos no equivalen a coches contaminantes
El sistema de etiquetas medioambientales elaborado en el año 2016 por la DGT ha sido reiteradamente criticado por haberse hecho en base a los años de matriculación de los coches y no en base a la normativa Euro que cumple cada vehículo y por tener en cuenta el grado de electrificación de los coches y no tomar como referencia las emisiones reales de los coches.
De esta manera ocurre que pequeños utilitarios anteriores al 2000 como un Ford Fiesta o un VW Polo no pueden circular por las ZBE’s porque se les considera contaminantes mientras que un SUV de 2 toneladas que emite 200 gramos de CO2 por kilóemetro como un Mercedes-Benz GLE puede moverse con total libertad por el mero hecho de tener un pequeño motor eléctrico que le concede la etiqueta ECO.
Esta absurdez provoca que gente trabajadora con coches antiguos pero bien mantenidos no puedan entrar a cada vez más ciudades, mientras que personas adineradas puedan seguir moviéndose en coche por cualquier sitio con total libertad en vehículos claramente emisores de dióxido de carbono.
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