La Comisión de Economía aprobará este miércoles el proyecto de ley de Medidas Concursales, cuyo contenido principal en materia de flexibilización de las condiciones de los concursos de acreedores lleva en vigor desde el pasado mes de septiembre, pero que introducirá algunas modificaciones a propuesta de los grupos parlamentarios.
La norma fue aprobada como decreto ley con los votos de PP, UPyD, CiU y PNV, frente a la abstención del PSOE, que esperaba poder introducir cambios durante su tramitación como proyecto de ley. Ahora, esta fase llega a su fin, ya que la Comisión de Economía cuenta con competencia legislativa plena, con lo que el texto será remitido directamente al Senado.Por otra parte, todo un paquete de propuestas ‘populares’ pretende facilitar y agilizar la comunicación entre los implicados en un proceso concursal, obligando a que la información relativa tanto al convenio como al informe de los administradores y sus impugnaciones les sean comunicados telemáticamente.
Con carácter general, el valor razonable de los bienes y derechos dados como garantía no podrá exceder del valor de la responsabilidad máxima hipotecaria o pignoraticia que se hubiera pactado, y no hará falta de un informe de valoración para el efectivo, las cuentas corrientes, el dinero electrónico o las imposiciones a plazo fijo.
Igualmente, si existe una discrepancia sobre el carácter necesario o no de un bien para mantener la actividad empresarial o profesional del deudor será el juez quien decida. Por contra, se suprime su capacidad para autorizar plazos de esperas o quitas superiores a los previstos si en la propuesta anticipada de convenio se incluyen devoluciones que deben realizarse mediante el mantenimiento de la actividad. Esta propuesta anticipada de convenio sí podrá contener sin embargo propuestas alternativas o adicionales para un acreedor o un grupo de ellos, junto con las propuestas de aplicación general. Estas y otras propuestas ‘populares’ constituirán previsiblemente el grueso de los cambios del proyecto de ley, ya que las enmiendas más importantes de la oposición hacían referencia al establecimiento de un procedimiento concursal para personas físicas que el Gobierno optó finalmente por plantear a través de otro texto legal, por lo que serán rechazadas y remitidas a esa otra tramitación. MAS FLEXIBILIDAD EN LOS CONCURSOSEl contenido original del decreto que aprobó el Consejo de Ministros, que no será modificado en ninguno de sus aspectos esenciales, prevé aplicar a los concursos de acreedores la misma flexibilidad en las condiciones que ya se utilizan en las negociaciones de refinanciación.
Así, se permiten quitas sin límite en los convenios de acreedores y una mayor duración de los mismos con el objetivo de que las empresas viables pero sobreendeudadas puedan cumplir con estos acuerdos y, de esta forma, garantizarse su continuidad. Además, la nueva norma incluye reglas que faciliten la creación de mayorías entre los acreedores, que quedarán organizados por grupos y obliga al administrador concursal a incluir en su informe una valoración tanto del conjunto del inventario de la empresa como de sus distintas unidades.Más en Bolsa
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