El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España referente a la certificación energética de viviendas, de forma que da la razón a los ingenieros técnicos e ingenieros sobre su capacidad legal para realizar Informes de Evaluación de Edificios (IEE).
Según ha explicado el Consejo General de Graduados en Ingeniería rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales en España (Cogiti), la sentencia del Supremo establece que quien esté en posesión de cualquier titulación académica y profesional habilitante para la redacción de proyectos, la dirección de obras o la dirección de ejecución de obras de edificación puede realizar todo el informe de evaluación o solo una parte, como es la certificación energética.El Presidente del Cogiti, José Antonio Galdón Ruiz, ha manifestado su satisfacción por la sentencia del Supremo y ha afirmado que es necesario «apostar por una competencia sana que fomente la competitividad y genere garantías y seguridad a la sociedad».
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