El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el real decreto por el que se desarrolla la ley de desindexación de la economía con lo que se desvinculan los precios públicos de la evolución del Indice de Precios de Consumo (IPC), si bien ha excluido de la misma los precios energéticos, las grandes inversiones públicas y los arrendamientos públicos.
Así lo ha anunciado este viernes el portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que destacó que se trata de evitar que los precios públicos suban de acuerdo con el alza de la inflación, ya que muchas veces se trata de subidas puntuales que no se mantienen en el tiempo.No obstante, el real decreto contempla tres excepciones al considerar que en determinados casos «es necesaria la indexación», según explicaron fuentes del Ministerio de Economía. La primera se refiere a los precios de los productos energéticos (electricidad, tarifa regulada, gas y butano), cuya variación se hará conforme a las variaciones de los precios de las materias primas.
Los principios marcados por la norma que rigen a la hora de hacer las revisiones de las indexaciones de estos precios son la prohibición de modificarlos en función de un índice generales de precios, como el IPC, ya que debe hacerse con índices específicos.
Por ejemplo, una empresa de autobuses deberá contemplar su estructura de costes de precios específicos en los que influiría el precio del gasóleo, los servicios de mantenimiento o los precios referenciados a los neumáticos y la mano de obra. Además, los costes que se justifiquen para la variación de los precios deben proceder de una empresa «eficiente y bien gestionada», ya que cuando la autoridad competente vaya a autorizar la modificación de precios tendrá que comprobar si esa variación de los costes del prestador de servicios responden a una gestión eficiente. Por último, la norma también fija como principio el vinculado a la mano de obra al incorporar un límite referido al aumento en la retribución de los trabajadores del sector público, de forma que no se podrá trasladar un incremento en el coste de la mano de obra que sea superior a lo que aumente la retribución de los funcionarios en dicho ejercicio. ((HABRA AMPLIACION))Más en Bolsa
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