Las aseguradoras, reaseguradoras y grupos de entidades que realicen estas actividades tendrán que publicar con carácter anual un informe sobre su situación financiera y de solvencia, cuyo contenido será revisado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
El objetivo es que las entidades suministren información «coherente, comparable y de alta calidad a todos los interesados en su situación». Para garantizar que esta información es fiable y de calidad se llevará a cabo una revisión externa independiente, según consta en la circular que publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE).Este informe especial de revisión deberá ser realizado por auditores de cuentas y por actuarios de seguros. Cada uno de los actuarios deberá acreditar una experiencia profesional de al menos cinco años, «que deberá ser acorde con la naturaleza, el volumen y complejidad» de los riesgos relacionados con la actividad de la aseguradora, y deberá acreditar «la oportuna experiencia en relación con las normas profesionales y de otra índole aplicables».
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