El expresidente de Kutxabank Mario Fernández y el abogado Rafael Alcorta han sido condenados cada uno a medio año de prisión y al pago de 4.500 euros de multa por un delito de apropiación indebida, mientras que al exdelegado del Gobierno en el País Vasco, Mikel Cabieces, se le ha impuesto un año de cárcel y el pago de 9.000 euros por cooperación necesaria en la comisión de pagos irregulares que el banco habría realizado a éste último tras haber cesado en su cargo.
La resolución judicial señala que, por esas fechas, en el mes de enero o febrero, el entonces presidente de Kutxabank recibió «una comunicación procedente de una personalidad relevante del mundo político solicitando su colaboración para proporcionar» a Cabieces «una salida u ocupación laboral en el ámbito privado».
Además, apunta que, «atendiendo a este requerimiento, siendo consciente y aceptando el perjuicio económico que iba a suponer para la entidad de la que era presidente», Mario Fernández «dio orden» al director de Recursos Humanos de la entidad para que, «con ánimo de procurarle un beneficio económico», se hiciera entrega al exdelegado del Gobierno de la cantidad mensual de 5.783 euros durante un período de tres años, con cargo a las cuentas de Kutxabank, así como de la cantidad de 900 euros en concepto de gastos de viaje. La sentencia manifiesta que, entre las instrucciones transmitidas al Director de Recursos Humanos, se encontraba también la de dar «cobertura formal» a las entregas mensuales de dinero. De esta forma, se puso en contacto a Mikel Cabieces con el despacho del acusado Rafael Alcorta, con el objetivo de que, «bajo su tutela y supervisión, y sin incorporarse a su despacho, durante ese plazo de tres años», el exdelegado del Gobierno «adquiriera los conocimientos y la experiencia necesarios para el ejercicio de la profesión de abogado laboralista». El Tribunal indica que el encargo de Fernández se materializó a partir del mes de marzo de 2012. Ese mes Mikel Cabieces se dio de alta en el Censo de Empresarios y Profesionales, y concertó un contrato de arrendamiento de un despacho en el que desarrollar su actividad. A partir de entonces y hasta el mes de octubre de 2014, Rafael Alcorta y Abogados emitió, en nombre de Kutxabank, facturas mensuales, en las que se adicionó, al importe mensual de los servicios prestados por el despacho en virtud del contrato mencionado, la cantidad de 5.783 euros. El director de Recursos Humanos del banco archivó todas estas facturas. A su vez, Alcorta extendió mensualmente un cheque nominativo correlativo por el importe de 5.783 euros que cobraba Cabieces, y presentó al cobro a la sociedad de Rafael Alcorta otras tantas facturas mensuales por el concepto «prestación de servicios profesionales de colaboración y asesoramiento y en materia, prioritariamente, jurídico-laboral». La resolución judicial destaca que, durante todo este periodo, el exdelegado del Gobierno permaneció en contacto habitual con el abogado, «acudiendo esporádicamente a su despacho, sin que conste la frecuencia, volumen e intensidad de la actuación desarrollada conjuntamente con él». SIN TRABAJAR PARA KUTXABANKEn este sentido, explica que Mikel Cabieces cobró mensualmente las cantidades, ingresando en su cuenta los cheques que le entregaba Rafael Alcorta, «sabiendo que procedían de Kutxabank, a pesar de no haber suscrito ningún acuerdo o compromiso con dicha entidad y a pesar de no trabajar para ésta».
La Audiencia Provincial de Bizkaia subraya que «de todo esto era conocedor» el letrado, que participó en el pago de las cantidades procedentes del banco, y asegura que estos dos acusados sabían que estos pagos «se debían a una decisión personal» de Mario Fernández. FACTURA DE 24.000 EUROSCon fecha 10 de noviembre de 2014, Rafael Alcorta y Abogados emitió, para pago por Kutxabank, siéndole abonado su importe, una factura por importe total de 24.032 euros más IVA, que se justificaba en «la minuta de honorarios correspondiente a las actividades de asesoramiento» relativas al proceso de negociación sobre la transacción judicial de una sentencia de la Audiencia Nacional ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
La factura se emitió en estos términos, de común acuerdo con el Director de Recursos Humanos de Kutxabank, y el destino del dinero abonado por esta factura era el de pago a favor de Cabieces de las cuatro mensualidades que restaban para completar el periodo de tres años de retribuciones previsto, más la cantidad fija de 900 euros igualmente prevista en concepto de gastos para viajes. Rafael Alkorta extendió un nuevo cheque a favor del exdelegado del Gobierno por esa cantidad. La sentencia añade que «no ha quedado acreditado» que esta factura, de fecha 10 de noviembre de 2014, hubiese sido redactada y emitida por el acusado Alkorta, «en connivencia o de común acuerdo» con Mario Fernández y Mikel Cabieces «con la intención de alterar la realidad del destino de la cantidad que en ella figuraba». El Tribunal indica que el 13 de enero de 2015, después de haber cesado en su cargo de presidente, Fernández fue informado por la nueva dirección del banco «de la constancia de toda la documentación relativa» a los pagos a Cabieces. Entonces, el expresidente de la entidad bancaria extendió un cheque a favor de Kutxabank por el importe de 243.592,02 euros, cantidad en la que la entidad estimó el perjuicio que se le había causado. El banco no reclamó cantidad alguna en el procedimiento. La sentencia ha tenido en cuenta que en el acusado concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño causado. La Audiencia vizcaína hace hincapié en «la prontitud» con la que devolvió el dinero el expresidente del banco, y destaca que procedió al pago de la cantidad indicada «a pesar de no haberse enriquecido con el importe de las cantidades procedentes de Kutxabank». «En un supuesto de delito patrimonial, se trata de una circunstancia relevante, pues revela con nitidez la voluntad de reparación», concluye. La resolución podrá ser recurrida en casación en cinco díasMás en Bolsa
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