Un juzgado de Madrid y uno de Barcelona han dado la razón a Bankia frente a varias sicavs que demandaron por la salida a Bolsa de la entidad en julio de 2011, en un caso porque la acción estaba prescrita y en el otro porque los demandantes eran inversores cualificados con posibilidad de tener acceso a detalles sobre la situación concreta del banco más allá del folleto informativo de la operación.
En concreto, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 30 de Barcelona, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima la demanda interpuesta por tres sociedades que compraron acciones en la Operación Pública de Suscripción (OPS) y las vendieron un año después al conocerse los problemas financieros de la entidad.Por ello, destaca que «cabría entender que la operación (de compra de acciones en la salida a Bolsa) no respondería a una mera finalidad de obtención de lucro, sino que incluso cabría encuadrar esta actuación especulativa dentro del propio objeto social de las entidades».
Por otra parte, el Juzgado de Primera Instancia número 56 de Madrid ha desestimado una demanda interpuesta por una sicav contra Bankia al entender que la acción ha prescrito.
La demandante compró acciones de Bankia en la salida a Bolsa de 2011 y las vendió entre agosto y noviembre de 2012, presentando la demanda el 12 de junio de 2015. La Sala explica que, según la ley, la acción para exigir la responsabilidad «prescibirá a los tres años desde que el reclamante hubiera podido tener conocimiento de la falsedad o de las omisiones en relación al contenido del folleto» en el que se recoge la información relativa al debut bursátil. En este caso concreto, esa información solo se pudo conocer desde la reformulación de las cuentas de Bankia, que tuvo lugar el 25 de mayo de 2012. «Por ello, al haberse presentado la demanda el 12 de junio de 2015, claro resulta haber operado la prescripción, pues tal acción debió ejercitarse antes del 25 de mayo de 2015», resume la resolución jurídica. Ambas sentencias no son firmes, por lo que pueden ser recurridas en apelación.Más en Bolsa
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