El Gobierno ha decidido incrementar la protección de la que gozan los depositantes de entidades financieras que entran en concurso situándolos en los puestos de salida a la hora de recuperar su dinero, por encima de los 100.000 euros que están garantizados en toda Europa.
Así se recoge en una de las 35 enmiendas que el PP ha presentado en el Congreso al proyecto de ley de Recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, a las que ha tenido acceso Europa Press.Otra de las enmiendas ‘populares’ introduce un nuevo capítulo en la normativa para regular el procedimiento de liquidación de una entidad financiera, previendo que ningún banco podrá solicitar la declaración de concurso voluntario de acreedores sin haberlo comunicado antes al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que será el que decida, junto con el supervisor competente, si se abre un proceso de actuación temprana o de resolución.
Mediante otras dos enmiendas, los ‘populares’ modifican una treintena de artículos de la Ley del Mercado de Valores, en relación con el sistema de compensación, liquidación y registro de valores españoles, que debe adaptarse al reglamento europeo de Depositarios centrales de valores y permitir la integración del depositario nacional en la infraestructura paneuropea de poscontratación promovida por el Eurosistema (Target2-Securities).
«La reforma favorecerá, homogeneizará y mejorará la competitividad de nuestros mercados e infraestructuras en un entorno progresivamente liberalizado. Además, resulta imprescindible para la consecución de los anteriores objetivos que el nuevo sistema de poscontratación sea una realidad antes de final del año 2015», explica el PP en su enmienda. En este sentido, se ajustan varios aspectos relacionados con la representación de los valores mediante anotaciones en cuenta, se clarifica la estructura del sistema español de registro de valores para confirmar un sistema de doble escalón y se atribuya a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la responsabilidad de autorizar y supervisar a los depositarios centrales de valores. Asimismo, se establecen mecanismos para «asegurar la ordenada liquidación de las operaciones, mitigando el riesgo sistémico» y se crea un sistema específico de información para la supervisión de la compensación, liquidación y registro de valores con el objetivo de «permitir la trazabilidad de las transacciones, la transmisión de la información necesaria para la poscontratación, el control de los riesgos y garantías y la correcta llevanza de los dos niveles de registro y de la liquidación de las operaciones». OTROS CAMBIOSPor otra parte, el PP excluye del ámbito de aplicación de toda esta normativa de resolución de entidades de crédito –que fundamentalmente traspone a la normativa nacional la directiva europea que avanza en la unión bancaria y el supervisor bancario único– al Instituto de Crédito Oficial (ICO).
Asimismo, estipula el 31 de mayo de 2016 como fecha tope para que el Banco de España desarrolle los métodos necesarios para que las aportaciones anuales de las entidades al compartimento de garantía de depósitos del FGD sean proporcionales a sus perfiles de riesgo.Más en Empresas
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