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La legislación española permite la reproducción para uso privado, sin autorización del autor, de obras ya divulgadas

El canon es un abuso y no cumple la directiva europea

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión considera que la tasa solo puede aplicarse a los particulares, pero no a personas jurídicas

21 Oct 2010 - 13:55 CET
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El cobro del canon digital en España, la tasa que se aplica a la compra de todos los equipos, materiales y soportes de grabación y reproducción digital para compensar los derechos de autor que los creadores dejan de percibir a causa de las copias privadas, es un «abuso» y «no cumple» la directiva comunitaria…

Así lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha sentenciado que el gravamen solo puede cobrarse a los particulares, pero no a personas jurídicas, por lo que empresas y Administraciones deberían quedar exentas…

Lea el artículo completo en www.elpais.es

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