El texto del anteproyecto de Ley de Contratos de Distribuci�n, al que ha tenido acceso CincoD�as fija en su art�culo 12 que «los stocks, reservas o contingentes m�nimos de mercanc�as en almac�n, se establecer�n sobre la base de las previsiones razonables en el mercado y las previsiones necesarias para el cumplimiento de los m�todos operativos del sistema de distribuci�n» … El Ministerio de Industria busca con ello dar soluci�n a una queja reiterada de los concesionarios de autom�viles que denuncian que algunas marcas los obligan a comprar veh�culos que dif�cilmente pueden colocar en el mercado …
Lea el artículo completo en www.cincodias.com
Más en Otros medios
CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL
QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE
Buscamos personas comprometidas que nos apoyen
CONTRIBUYE
Home