El derecho al honor y el derecho de libertad de expresión a veces pueden colisionar en una determinada situación, por ejemplo al ser fotografiados.
La preeminencia de uno o de otro dependerá de cada situación concreta según el Tribunal Supremo. ¿Es igual ser fotografiado con consentimiento que sin consentimiento; es lo mismo ser fotografiado con motivo de un suceso o acontecimiento público que uno privado?
A estas y a otras preguntas responde la Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen.
Si quieres saber más al respecto, pincha aquí
Más en Prensa
CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL
QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE
Buscamos personas comprometidas que nos apoyen
CONTRIBUYE
Home